
En 30 segundos
Analizamos la sentencia n.º 752/2026 de 8 de octubre de 2026, dictada por la Sección 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona (Id Cendoj: 08019370132026100695).
Esto te interesa de verdad si tienes un piso alquilado y tu inquilino empieza a pagar tarde, o si vives de alquiler y te pones al día justo antes de que te lleguen los papeles del juzgado.
Demandar con el calentón, en el momento equivocado, no solo te hace perder el caso, sino que te costará un buen dinero en costas.
El origen del conflicto
Esta historia arranca con un contrato de alquiler firmado en abril de 2022 en L’Hospitalet de Llobregat.
Victoriano le alquiló su casa a Magdalena, y un tal Ignacio firmó como avalista.
Los pagos de diciembre de 2022 a febrero de 2023 se complicaron.
El ambiente se tensó, la paciencia se acabó y Victoriano decidió ir por la vía judicial para echar a la inquilina y cobrar el dinero que creía que se le iba a quedar a deber.
El propietario que demandó
Victoriano se plantó en el juzgado el 23 de febrero de 2023.
Exigía echar a Magdalena y el pago de 1.250 euros por esas rentas.
Su abogado usó el artículo 27.2.a) de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que permite romper el contrato si no te pagan, y varios artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), concretamente el 437.4.3ª y el 220.2, que te permiten sumar a la demanda las rentas que el inquilino deje a deber mientras dure el juicio.
Su estrategia era tirar rápido y cubrirse las espaldas. Se intentó adelantar.
La inquilina a la que llevaron al Juzgado
Magdalena y su avalista Ignacio no se achantaron.
Llegaron al juzgado y pusieron los papeles sobre la mesa: el día exacto en que Victoriano presentó su demanda (el 23 de febrero), ellos ya tenían pagadas las rentas de diciembre, enero y febrero.
No debían ni un solo euro en ese momento.
Su defensa fue clara: si no hay deuda cuando vas al juez, no hay incumplimiento.
Lo que decidió el Tribunal
El tribunal desestimó la demanda de Victoriano y le obligó a pagar las costas del juicio.
La clave es algo que los abogados llamamos “litispendencia” (artículo 410 de la LEC): el partido se juega con las reglas que hay en el minuto uno de presentar la demanda.
Los magistrados le recordaron que la ley no permite demandar “a prevención”.
No puedes pedir rentas futuras si, el día que pisas el juzgado, el inquilino está al corriente de pago.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Para ti, si eres propietario: la paciencia aquí es dinero.
Si demandas impulsivamente antes de que exista un impago real y vencido, el juez te cerrará la puerta y pagarás los honorarios del abogado de tu inquilino.
Tienes que esperar al impago.
Para ti, si eres inquilino: las fechas te pueden salvar.
Si ingresas lo que debes antes de que el propietario registre su demanda, la ley te protege de ser desahuciado por impago.
Conclusión
Demandar antes de tiempo o defenderte sin saber cómo hacerlo cuesta muy caro.
Tanto si eres propietario y te quema la sangre un inquilino, como si eres tú el inquilino y te amenazan con un desahucio prematuro, podemos ayudarte con eso.
Escríbenos. Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis y autor del libro “Mi casero, mi novia y mi contrato de alquiler”, una guía práctica nacida para desmontar los mitos del mercado inmobiliario.
Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes que nos hacen sobre esto (y que a lo mejor te rondan la cabeza)
1. ¿Puedo demandar a mi inquilino si me huele que va a dejar de pagar el mes que viene?
No. Y si lo haces, perderás dinero, como le ha pasado a Victoriano. Los tribunales no condenan “por si acaso”. Tienes que esperar a que el impago sea una realidad el mismo día que presentas el papel en el juzgado.
2. Soy inquilino y pagué todo justo antes de que me llegara la notificación de la demanda, ¿me pueden echar?
Si el dinero entró en la cuenta antes de que el propietario registrara la demanda, te salvaste. La foto fija del juicio se toma el día de la presentación. Si no había deuda en ese momento, el desahucio no tiene recorrido.
3. ¿Cuánto cuesta que me miren los papeles?
60 €.
4. He visto abogados que dan la primera consulta gratis, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Buena pregunta. Ve a los de gratis. En serio, hazlo. Siéntate en su despacho. Te dirán a todo que sí, te dorarán la píldora y antes de que te des cuenta tendrás delante un presupuesto para ir a juicio que te costará un dineral. Y a lo mejor, ni tenías caso. Nosotros cobramos 60 € por estudiar tus papeles y decirte la verdad. Si no hay caso, te vas a casa con 60 € menos, pero con miles de euros ahorrados. Si superas la prueba gratuita y quieres a alguien que no te venda humo para meterte en un pleito inútil, escríbenos.




