
En 30 segundos
Analizamos la sentencia n.º 409/2026 de 15 de septiembre de 2026, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante (Id Cendoj: 03014370052026100344).
Te adelanto de qué va esto: a veces pensamos que la lógica de la calle es la misma que la lógica de los tribunales.
Y no.
Un inquilino enfadado porque su casero no arregla un desperfecto decide cortar el grifo del dinero.
Suena justo, ¿verdad? Pues es motivo de desahucio.
El origen del conflicto
Agosto de 2022. Melchor y Beatriz alquilaron su piso, situado en Benidorm, a Brígida y Camila.
Todo iba bien hasta que dejaron de llegar los ingresos del alquiler al banco.
¿Qué pasó?
Que las inquilinas decidieron que no iban a pagar más rentas porque, según ellas, había problemas en la vivienda y los propietarios no hacían las reparaciones necesarias.
Básicamente, las inquilinas pensaron: “Si tú no arreglas la casa, yo no te pago el alquiler”.
Los propietarios que demandaron
Melchor y Beatriz, los propietarios, no se quedaron quietos.
Enviaron un requerimiento de pago a las inquilinas (un aviso formal diciendo “oye, que me deben dinero”).
Como las inquilinas hicieron oídos sordos a ese aviso, los caseros se fueron directos al Juzgado a poner una demanda de desahucio para echarlas y recuperar su dinero.
Su argumento se basaba en el artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y en el artículo 1555.1 del Código Civil: el inquilino tiene la obligación sagrada de pagar la renta. Es la base de todo el contrato.
Las inquilinas a las que llevaron al Juzgado
De las dos inquilinas, una ni siquiera apareció por el Juzgado (Camila), pero la otra (Tatiana, que actuó en el recurso) sí lo hizo para intentar defenderse.
Su defensa se basó en decir que no había pagado porque quería “compensar” las rentas con las reparaciones que la casa necesitaba.
Además, cuando ya vio las orejas al lobo con la demanda encima, intentó pagar deprisa y corriendo en el Juzgado (lo que en derecho llamamos “enervar el desahucio”) y dijo que ella siempre tuvo buena fe.
Lo que decidió el Tribunal
La Audiencia Provincial de Alicante fue tajante y dio la razón a los propietarios, confirmando que las inquilinas tenían que dejar la vivienda y pagar las costas del juicio.
El Tribunal explicó que el pago del alquiler es la obligación más importante del inquilino. Si la casa necesita arreglos, el inquilino puede demandar al propietario o incluso pedir que se rompa el contrato, pero lo que nunca puede hacer es tomarse la justicia por su mano y dejar de pagar.
La frase que resume el sentir de los jueces es esta: “El arrendatario carece de facultad para compensar unilateralmente la renta con supuestos créditos derivados de reparaciones (…). Admitir lo contrario supondría vaciar de contenido la obligación de pago”.
Además, como los caseros habían mandado un requerimiento formal antes de demandar y las inquilinas no pagaron en ese momento, el intento de pagar tarde en el Juzgado ya no servía para evitar el desahucio. Llegaron tarde.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Si eres propietario en Canarias y tu inquilino te deja de pagar con la excusa de que “se ha roto la lavadora” o “hay humedad”, no pierdas el tiempo discutiendo por WhatsApp.
Manda un burofax reclamando la deuda rápido. Si lo haces bien, evitarás que luego puedan pagar a última hora en el Juzgado para quedarse en tu casa.
Si eres inquilino, grábate esto: la renta se paga siempre.
Si hay desperfectos que el casero debe arreglar y no lo hace, el camino es reclamarle judicialmente o pedir tú la resolución del contrato.
Si dejas de pagar, el juez no va a mirar si el grifo goteaba o no. Va a mirar tu impago y te va a echar.
Conclusión
Tanto si tienes a un inquilino jugándote la carta de “no te pago porque falta mantenimiento”, como si eres un inquilino viviendo en una casa que se cae a pedazos y no sabes cómo obligar a tu casero a actuar sin meterte en un lío legal, no improvises. Podemos ayudarte con eso.
Escríbenos. Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes sobre dejar de pagar el alquiler (y las dudas que no te dejan dormir)
1. ¿Puedo dejar de pagar el alquiler si el termo lleva un mes roto y me ducho con agua fría?
No. Rotundamente no. Entiendo el cabreo de ducharte a cero grados en pleno enero. Pero si dejas de pagar la renta para “castigar” a tu casero, el que se va a llevar el castigo del juez eres tú. Te pondrán una demanda de desahucio, te echarán y además pagarás las costas del juicio. Si tu casero no arregla el termo, hay vías legales muy efectivas para obligarle. Cortar el pago no es una de ellas.
2. Soy casero y mi inquilino me dice que se cobra de la renta la pintura del salón. ¿Puede hacerlo?
Solo si tú le has dado permiso expreso y por escrito. Si el inquilino un buen día decide ser su propio decorador y pasarte la factura descontándola de los 800 euros que te paga al mes, está incumpliendo el contrato. A los ojos de la ley, te debe esa parte de la renta. Y por esa parte, le puedes desahuciar.
3. ¿Cuánto cuesta que me miren los papeles?
60 €.
4. He visto abogados que dan la primera consulta gratis, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Buena pregunta. Ve a los de gratis. En serio, hazlo. Siéntate en su despacho. Te dirán a todo que sí, te dorarán la píldora y antes de que te des cuenta tendrás delante un presupuesto para ir a juicio que te costará un dineral. Y a lo mejor, ni tenías caso. Nosotros cobramos 60 € por estudiar tus papeles y decirte la verdad. Si no hay caso, te vas a casa con 60 € menos, pero con miles de euros ahorrados. Si superas la prueba gratuita y quieres a alguien que no te venda humo para meterte en un pleito inútil, escríbenos.




