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Analizamos la Sentencia n.º 256/2017, de 14 de noviembre, dictada por la Sección 1 de la Audiencia Provincial de Zamora, Id Cendoj: 49275370012017100432 (puede descargar aquí la sentencia):
Un arrendatario demanda al arrendador por la reparación de una caldera defectuosa en la vivienda de alquiler. El arrendador presenta una demanda reconvencional (demanda, en el mismo procedimiento, al arrendatario), exigiéndole la formalización del contrato de arrendamiento por escrito y el pago de la fianza legal. La Audiencia Provincial estima parcialmente la demanda del arrendatario, ordenando la reparación o sustitución de la caldera, y confirma la necesidad de formalizar el contrato y constituir la fianza.
La postura de la parte demandante (arrendatario)
El arrendatario solicita que el arrendador sea condenado a reparar o reemplazar la caldera de calefacción y agua caliente instalada en la vivienda arrendada, argumentando que presenta un deterioro que impide su correcto funcionamiento.
La postura de la parte demandada (arrendador)
El arrendador se opone a la reparación de la caldera, alegando que el arrendatario no ha cumplido con sus obligaciones legales, como la formalización del contrato de arrendamiento por escrito y la constitución de la fianza legalmente establecida. Por ello, presenta una demanda reconvencional exigiendo el cumplimiento de estas obligaciones.
La decisión judicial
La Audiencia Provincial estima parcialmente la demanda del arrendatario, reconociendo la obligación del arrendador de reparar o sustituir la caldera, ya que se ha probado su mal funcionamiento y no se ha demostrado que el deterioro sea imputable al arrendatario. Asimismo, la Audiencia confirma la necesidad de formalizar el contrato de arrendamiento por escrito y constituir la fianza, tal como exige la ley.
Normativa y jurisprudencia aplicada
Artículos citados
- Artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): Establece la obligación del arrendador de realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo que el deterioro sea imputable al arrendatario.
- Artículos 1563 y 1564 del Código Civil: Regulan la responsabilidad del arrendatario por los daños causados en la vivienda arrendada.
- Artículo 27.2,b de la LAU: Establece la obligación del arrendatario de prestar fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta.
Sentencias citadas
- Sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa de 8 de septiembre de 2016: Sostiene que la caldera es un servicio imprescindible de la vivienda arrendada y que sus deterioros deben ser reparados por el arrendador, salvo que se acredite que son imputables al arrendatario.