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Analizamos la Sentencia n.º 326/2015, de 12 de junio, dictada por la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Málaga, Id Cendoj: 29067370052015100348 (puede descargar aquí la sentencia):
La Audiencia Provincial de Málaga revoca una sentencia previa, eximiendo a un arrendatario del pago de una indemnización por resolución anticipada del contrato de alquiler debido a deficiencias en la vivienda que impedían su uso adecuado. El arrendador incumplió su obligación de garantizar el disfrute pacífico de la vivienda de alquiler, lo que justifica la resolución del contrato sin penalización.
La postura de la parte demandante (arrendadores)
Los arrendadores argumentaron que el arrendatario había incumplido el contrato al resolverlo anticipadamente y, por lo tanto, debía pagar una indemnización equivalente a una mensualidad de renta por cada año restante del contrato. Consideraban que las incidencias en la vivienda, como problemas con la calefacción, el aire acondicionado y la piscina, no eran lo suficientemente graves como para justificar la resolución del contrato.
La postura de la parte demandada (arrendatario)
El arrendatario sostuvo que los problemas en la vivienda, especialmente con la calefacción en invierno, el aire acondicionado en verano y la piscina, afectaban gravemente su uso y disfrute. Alegaron que habían presentado quejas reiteradas a los arrendadores sin obtener una solución satisfactoria. Además, sostuvieron que la propuesta de rescindir el contrato de alquiler provino inicialmente de los propios arrendadores.
La decisión judicial
La Audiencia Provincial falló a favor del arrendatario, revocando la sentencia previa que lo condenaba al pago de una indemnización. El tribunal consideró que los problemas en la vivienda alquilada eran lo suficientemente graves como para impedir su uso adecuado, lo que constituía un incumplimiento por parte de los arrendadores de su obligación de garantizar el disfrute pacífico de la vivienda al arrendatario. Por lo tanto, el arrendatario tenía derecho a resolver el contrato de alquiler sin penalización.
Normativa y jurisprudencia aplicada
Artículos citados
- Artículo 1124 del Código Civil: Establece el principio de reciprocidad en los contratos bilaterales, permitiendo a una parte resolver el contrato si la otra incumple sus obligaciones.
- Artículo 27.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos: Concede a la parte cumplidora el derecho a exigir el cumplimiento o a promover la resolución del contrato en caso de incumplimiento por la otra parte.
- Artículos 1554.1 y 3 del Código Civil: Establecen la obligación del arrendador de garantizar al arrendatario el goce pacífico de la cosa arrendada durante toda la duración del contrato.
- Artículos 1556 y 1568 del Código Civil: Regulan la obligación del arrendador de entregar la cosa en condiciones adecuadas para su uso y de realizar las reparaciones necesarias para mantenerla en buen estado.
- Artículo 1124 del Código Civil: Permite a la parte perjudicada por el incumplimiento reclamar daños y perjuicios.
- Artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Establece que no se impondrán costas en la apelación si el recurso es estimado.
- Artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Regula la imposición de costas en primera instancia, generalmente a la parte que vea rechazadas sus pretensiones.
Sentencias citadas
No se mencionan sentencias específicas, la decisión judicial se basa en la interpretación y aplicación de los artículos citados al caso concreto.