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Analizamos la sentencia n.º 1442/2026 de 17 de septiembre de 2026, dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo (Id Cendoj: 28079110012026101651).
Cuando tienes un alquiler de renta antigua (de esos que duran toda la vida) y la salud te obliga a ingresar en una residencia de mayores, las empresas propietarias suelen frotarse las manos.
Ven la casa vacía de su titular y lanzan a sus abogados para recuperar el piso.
Pero la justicia, a veces, usa el sentido común.
Esta sentencia pone un límite claro a esas ansias de desahucio y explica qué tiene que pasar para que no te quiten tu hogar de toda la vida mientras te recuperas.
El origen del conflicto
Hablamos de un contrato de alquiler que viene desde el año 1935.
Victorio, el inquilino, se subrogó en ese contrato en abril de 1976. Pasaron las décadas y Victorio formó allí su hogar.
Sin embargo, en octubre de 2019, Victorio sufre una isquemia cerebral.
Su salud empeora gravemente, le reconocen un grado III de dependencia y, por necesidad de cuidados, ingresó en una residencia de mayores.
El tiempo pasó, y la empresa que es dueña del edificio se dio cuenta de que el titular del contrato llevaba más de dos años sin pisar el piso.
Así que deciden que es el momento perfecto para cortar por lo sano y echar a la familia.
La empresa propietaria que demandó
La entidad propietaria presentó una demanda de desahucio argumentando algo que sonaba muy técnico. Se agarraron a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964.
En concreto, invocaron los artículos 62.3 y 114.11 de esa ley.
Lo que dicen esos artículos es que si el inquilino deja desocupada la vivienda durante más de seis meses en el curso de un año sin una “justa causa”, el propietario puede negarse a prorrogar el alquiler y recuperar la casa.
En pocas palabras, su argumento era: “Victorio lleva dos años y medio en una residencia sin vivir aquí, la desocupación es permanente y ya no va a volver. El contrato está roto”.
En primera instancia, un juez les dio la razón y ordenó el desahucio.
El inquilino al que llevaron al Juzgado
Victorio y su mujer, María Ángeles, no se quedaron quietos.
A Victorio se lo llevaron a juicio bajo la acusación de haber abandonado el piso. María Ángeles, que terminaría sucediéndole en el proceso cuando él falleció, se defendió como pudo.
Su argumento fue: “Mi marido no se ha ido por gusto. Está enfermo”.
Explicaron que su ingreso en la residencia era por necesidad asistencial debido a su isquemia.
Pero el detalle de oro fue demostrar que la vivienda nunca estuvo vacía.
María Ángeles y su hijo llevaban viviendo allí desde 1976, integrando la unidad familiar, y nunca dejaron de residir en la casa mientras Victorio estaba ingresado.
Lo que decidió el Tribunal
El Tribunal Supremo tumbó las alegaciones de la empresa propietaria y dio la razón a la familia de Victorio.
El Tribunal dictaminó que ingresar en una residencia por motivos de salud no equivale a una “desocupación” maliciosa o voluntaria.
La frase clave de la sentencia viene a decir que no se puede equiparar la ausencia física por enfermedad con abandonar el hogar, especialmente porque “ la vivienda continuó cumpliendo la función a la que había sido destinada y permaneció integrada en la vida familiar del arrendatario”.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Si eres inquilino con un contrato antiguo y la vida te obliga a pisar un hospital o una residencia, asegúrate de que tu familia directa (los que ya convivían contigo legalmente) permanezca en la casa.
No saquen los muebles, hay que continuar usando la vivienda de manera normal y continuada. Así es como pueden protegerse.
Si eres propietario, ten cuidado antes de mandar un burofax amenazante.
Que el titular esté en una cama medicalizada en otra punta de la isla no te da derecho a resolver el contrato automáticamente si su unidad familiar sigue habitando el inmueble.
Te tocará estar atento a quién hay dentro y desde cuándo, antes de meterte en un pleito de años que acabarás perdiendo y teniendo que pagar las costas.
Conclusión
Las relaciones de alquiler pueden volverse muy oscuras cuando la vida y la salud se complican.
Propietarios que se precipitan, inquilinos que se asustan y que firman cosas que no deben.
Si estás en una situación parecida, podemos ayudarte con eso.
Escríbenos. Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis y autor del libro “Mi casero, mi novia y mi contrato de alquiler”, una guía práctica nacida para desmontar los mitos del mercado inmobiliario.
Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Me pueden echar si me voy unos meses al hospital y vivo solo?
Si te vas al hospital por una causa justificada (una enfermedad, una operación gorda), la ley entiende que hay “justa causa” temporal. No te has ido a vivir a las Bahamas; estás intentando sobrevivir. Pero ojo, si el ingreso se vuelve definitivo, crónico y vives solo sin familia en la casa, el propietario sí tendrá una vía clara para recuperar su inmueble.
2. Mi padre lleva dos años en una residencia y yo me he mudado a su piso de renta antigua ahora para no perderlo. ¿Cuela?
No. La justicia no es tonta y los propietarios, menos.
En la sentencia que acabamos de ver, el hijo y la mujer vivían allí ininterrumpidamente desde 1976. Si tú apareces de repente con las maletas el día que tu padre entra en la residencia, el juez verá la jugada y tendrás un problema enorme.
4. He visto abogados que dan la primera consulta gratis, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Buena pregunta. Ve a los de gratis. En serio, hazlo. Siéntate en su despacho. Te dirán a todo que sí, te dorarán la píldora y antes de que te des cuenta tendrás delante un presupuesto para ir a juicio que te costará un dineral. Y a lo mejor, ni tenías caso. Nosotros cobramos 60 € por estudiar tus papeles y decirte la verdad. Si no hay caso, te vas a casa con 60 € menos, pero con miles de euros ahorrados. Si superas la prueba gratuita y quieres a alguien que no te venda humo para meterte en un pleito inútil, escríbenos.




