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Analizamos la sentencia n.º 537/2019, de 18 de noviembre, dictada por la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Las Palmas (Id Cendoj: 35016370052019100493).
La Audiencia Provincial de Las Palmas resolvió un conflicto sobre la responsabilidad de realizar obras en una finca arrendada. El tribunal determinó que el contrato de arrendamiento incluía tanto una vivienda como un espacio para uso comercial, y que las responsabilidades de cada parte debían evaluarse según la naturaleza de las obras y lo pactado en el contrato.
La postura de la parte demandante
Los arrendatarios argumentaron que el arrendador era responsable de realizar diversas obras, algunas necesarias para la habitabilidad de la vivienda y otras amparadas por el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Estas incluían reparaciones en el tejado, impermeabilización, conexión a la red de alcantarillado, instalación eléctrica, piscina y sistema de riego.
La postura de la parte demandada
El arrendador sostuvo que el contrato de arrendamiento no era únicamente para una vivienda, sino para una finca con fines comerciales, como un hotel rural. Argumentaron que muchas de las obras reclamadas eran responsabilidad de los arrendatarios según el contrato y que estos conocían el estado de la finca antes de arrendarla.
La decisión judicial
El tribunal determinó que el contrato de arrendamiento abarcaba tanto una vivienda como un espacio para uso comercial, y que las responsabilidades de cada parte debían analizarse según la naturaleza de las obras y lo pactado. El tribunal falló a favor de los arrendatarios en algunas reparaciones, como las del tejado, conexión al pozo negro y sistema de riego, pero rechazó otras solicitudes, como la conexión a la red de alcantarillado (inexistente en la zona) y mejoras eléctricas para el negocio hotelero.
Normativa aplicada:
Artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994
Artículo 30 de la LAU
Artículos 1554.2 y 1558 del Código Civil
Artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)
Artículo 265.1 LEC
Artículo 217.7 LEC
Artículo 398 LEC
Artículo 477.2.3 LEC
Artículo 469 LEC