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Analizamos la Sentencia n.º 25/2023, de 16 de enero, dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, Id Cendoj: 28079110012023100017 (puede descargar aquí la sentencia):
El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación interpuesto por una empresa arrendataria contra una sentencia que confirmaba la resolución de un contrato de alquiler y el desahucio por falta de pago de las rentas. La empresa arrendataria alegaba tener derecho a la moratoria del Real Decreto-ley 15/2020, pero no se acreditó el cumplimiento de los requisitos. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia y ha condenado a la empresa arrendataria al pago de las rentas impagadas y las costas procesales.
La decisión del Tribunal Supremo se enmarca en un contexto legal y jurisprudencial complejo, en el que se han tenido que conjugar las normas del derecho civil y del derecho procesal, así como la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo sobre la interpretación de la moratoria del Real Decreto-ley 15/2020.
La postura de la parte demandante (arrendadora)
La parte demandante, como arrendadora, interpuso una demanda de desahucio por falta de pago de las rentas contra la empresa arrendataria. La demanda se basó en el impago de las rentas correspondientes a varios meses, y solicitaba la resolución del contrato de arrendamiento, el desahucio de la empresa arrendataria y el pago de las rentas impagadas.
La postura de la parte demandada (arrendataria)
La parte demandada, como arrendataria, se opuso a la demanda de desahucio, alegando que tenía derecho a la moratoria en el pago de la renta establecida en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19.
La decisión judicial
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la empresa arrendataria, confirmando la sentencia que resolvía el contrato de arrendamiento y ordenaba el desahucio por falta de pago de las rentas. El Tribunal Supremo ha considerado que la empresa arrendataria no acreditó cumplir con los requisitos para tener derecho a la moratoria prevista en el Real Decreto-ley 15/2020, y que, por lo tanto, el impago de las rentas justificaba la resolución del contrato y el desahucio.
El Tribunal Supremo ha analizado en profundidad los requisitos para tener derecho a la moratoria del Real Decreto-ley 15/2020, y ha concluido que la empresa arrendataria no los cumplía, ya que no se había comunicado al arrendador la voluntad de acogerse a la moratoria ni se había suspendido la actividad. El Tribunal Supremo ha destacado la importancia de cumplir con todos los requisitos legales para poder beneficiarse de la moratoria.
Normativa y jurisprudencia aplicada
Artículos citados
- Artículo 477.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Artículos 1, 3 y 4 del Real Decreto-ley 15/2020
- Artículos 1124 del Código Civil
- Artículos 27.2 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos
- Artículo 220 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Artículo 4 del Real Decreto 463/2020
- Artículo 10.6 del Real Decreto 463/2020
- Artículo 3 de la Ley 29/1994
- Artículo 257.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010
- Artículo 4 del Real Decreto-ley 15/2020
- Artículo 2 de la Orden SND/257/2020
- Artículo 44 de la Orden SND/399/2020
- Artículo 12 del Real Decreto-ley 21/2020
- Artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Disposición adicional 15.ª, apartado 9, de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Sentencias citadas
- Sentencia 427/1993, de 10 de mayo
- Sentencia 511/1997, de 12 de junio
- Sentencia de 13 de abril de 1929
- Sentencia de 3 de junio de 1948
- Sentencia de 27 de noviembre 1950
- Sentencia de 5 de febrero de 1951
- Sentencia de 18 de diciembre de 1953
- Sentencia de 14 de mayo de 1955
- Sentencia de 17 de marzo de 1968
- Sentencia de 9 de diciembre de 1972
- Sentencia de 12 de marzo de 1985