
En 30 segundos
Analizamos la sentencia n.º 153/2025 de 30 de enero de 2025, dictada por la Sección 4 de la Audiencia Provincial de Murcia (Id Cendoj: 30030370042025100153).
Esta resolución desmonta la excusa favorita de los bancos hoy en día: decirte que ya se te pasó el plazo para recuperar el dinero que pagaste de más por los gastos de tu hipoteca.
Los argumentos de Encarna para no dejarse pisar
Encarna firmó su préstamo hipotecario el 27 de septiembre de 2007 con ING.
Como se hacía siempre, el banco le coló una cláusula por la que ella tenía que apechugar y pagar todos los gastos de formalización de la escritura.
Cansada de regalar su dinero, demandó pidiendo que se declarara nula esa cláusula por abusiva y que le devolvieran sus 1.081,48 euros.
La excusa de ING Direct
El banco recurrió la primera sentencia que le condenaba a devolver los gastos, usando el comodín de todas las entidades financieras: la prescripción.
ING Direct NV argumentó que la acción de restitución de esas cantidades ya había caducado porque había pasado mucho tiempo desde que se firmó el préstamo.
Básicamente, su defensa era: “sí, te cobramos mal, pero vienes tarde”.
La decisión del Juzgado
En primera instancia, el Juzgado de Primera Instancia n.º 16 de Murcia le dio la razón a Encarna el 29 de noviembre de 2022.
Declaró nula por abusiva la cláusula de gastos (y también la de vencimiento anticipado), condenando a ING Bank NV a devolverle los 1.081,48 euros contantes y sonantes, sumarle los correspondientes intereses legales y, de paso, pagar las costas del juicio.
La decisión de la Audiencia
La Audiencia Provincial de Murcia no se anduvo por las ramas y desestimó el recurso del banco, confirmando íntegramente la condena y obligando a ING a pagar las costas de la apelación.
El tribunal deja muy claro que el plazo para reclamar no empieza a correr hasta que una sentencia declara la nulidad de tu cláusula. La frase fundamental de esta resolución que hunde la excusa del banco es cristalina: “la fecha de inicio del cómputo del plazo de prescripción se corresponde con la fecha de la sentencia de primera instancia, en la que se declaró la nulidad de la cláusula gastos”.
La decisión del Tribunal Supremo (y la postura de Europa)
Aunque en este caso estamos ante una Audiencia Provincial, el fallo aplica a rajatabla lo que mandan los tribunales superiores. El Tribunal Supremo ya fijó jurisprudencia consolidada: si la cláusula es nula, el banco te tiene que devolver el 100% de los gastos de Registro de la Propiedad, Gestoría y Tasación, y el 50% de los gastos de Notaría.
Pero el punto clave de este análisis es cómo la Audiencia recoge las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en concreto, las sentencias de 25 de enero y 25 de abril de 2024.
Europa rechaza que el plazo empiece el día que firmaste o el día que pagaste la última factura. Solo empieza cuando el consumidor tiene “conocimiento cierto de la irregularidad de esta cláusula”. Fin del juego para los bancos.
Conclusión
ING intentó librarse de pagar los gastos hipotecarios a una clienta diciendo que el plazo había prescrito, pero la Audiencia les cerró la puerta aplicando la jurisprudencia europea de forma tajante.
Encarna recupera su dinero, los intereses, y el banco paga los platos rotos de las costas.
Los bancos saben perfectamente que esa cláusula que te metieron es ilegal, pero cuentan con que te dé pereza meterte en juicios y prefieras dejarles tus mil o dos mil euros para que engorden sus cuentas anuales.
No seas de los que regalan su patrimonio mientras la entidad financiera se frota las manos.
Si quieres que le demos un repaso a tu escritura y que el banco termine soltando lo que es tuyo, entra aquí para reclamar los gastos de tu hipoteca a ING.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes para que el banco no te la vuelva a colar
1. ¿Se me ha pasado el arroz para reclamarle a mi banco?
Rotundamente no. Los de la sucursal te van a repetir mil veces que eso ya prescribió para ver si cuela y te vas a tu casa con la cabeza gacha. Pero los tribunales europeos ya han dicho que el reloj de arena no se empieza a vaciar hasta que sabes que tu cláusula es nula y abusiva.
2. ¿Pero si mi hipoteca es del año de la pera, como la de Encarna del 2007, también puedo rascar algo?
Ahí lo tienes. Encarna firmó en 2007 con ING y se lo acaban de devolver con intereses incluidos. Da igual si la firmaste antes de la crisis de 2008 o del Mundial de Sudáfrica. Si tú pagaste notaría, registro, gestoría y tasación por culpa de una cláusula impuesta, ese dinero lleva tu nombre.
3. ¿Y si voy a juicio, pierdo y encima me toca pagarle una pasta al banco en costas?
Si las cosas se hacen como es debido y analizando bien tus papeles, pasa exactamente lo que le pasó a ING en este caso: pierden ellos y el juez les condena a pagar los gastos del juicio de su propio bolsillo. Tú recuperas tu dinero y ellos pagan la fiesta.
4. Vale, voy a reclamar. ¿Cuánto me va a costar que miren mi escritura para saber si el banco me debe dinero?
Te lo pongo muy fácil, de frente y sin letra pequeña. Tienes dos opciones. Si quieres venir a vernos y sentarte con nosotros en el despacho, te cobramos 60 €.
Pero, si eres de los que prefieren hacerlo todo desde el sofá de casa sin perder tiempo en atascos, nos envías la documentación por email, le echamos un ojo y te decimos si tienes caso por exactamente 0 €. Sí, lo has leído bien. Nos mandas los papeles, los estudiamos y te damos la respuesta.
5. Pero si les mando los papeles por email y le echan un ojo, ¿luego me van a quitar el 20% de lo que el banco me devuelva, como hacen las plataformas de internet?
Con nosotros eso no pasa. Te miramos los papeles por 0 € a distancia (o por 60 € si vienes al despacho). No nos gusta meter la mano en tu dinero recuperado.




