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Analizamos la sentencia n.º 415/2024 de 08 de julio de 2024, dictada por la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Id Cendoj: 07040370032024100396).
Esta sentencia es vital porque deja claro un mensaje: si el banco se hace el sueco cuando le pides lo tuyo, luego no puede venir a quejarse en el juzgado para no pagar los honorarios de tu abogado y procurador.
Los argumentos de Ángel y Emely contra ING
Ponte en situación. Ángel y Emely firmaron un préstamo hipotecario el 23 de noviembre de 2004, y luego una novación el 19 de noviembre de 2010, ambas con ING BANK NV.
Como se hacía en aquella época, el banco les coló una cláusula donde les endosaba absolutamente todos los gastos de notaría y registro para formalizar el préstamo.
Ángel y Emely, hartos, presentaron una demanda pidiendo que se declarara nula esa cláusula por abusiva. Ganaron en primera instancia.
Pero hubo un problema: el juez no condenó a ING a pagar las costas procesales. ¿La razón? Decía que los clientes no habían pedido dinero de vuelta, solo que se anulara el texto, así que no había un “interés legítimo” potente.
Ángel y Emely recurrieron esta decisión. Su argumento fue claro: ellos habían reclamado al banco antes de poner la demanda y el banco ni se inmutó; por tanto, tenían todo el derecho e interés del mundo en acudir al juzgado y el banco debía pagar las costas.
La excusa del banco naranja
¿Qué dijo ING para intentar librarse de pagar la fiesta? Pues lo de siempre.
El banco se defendió alegando que sus clientes no tenían ningún interés legítimo para montar un pleito solo para que les declararan nula una frase del contrato.
Además, se atrevieron a decir que esas cláusulas de gastos no podían ser nulas porque, atención a la jugada, formaban “parte del precio del contrato”. Una excusa para intentar escurrir el bulto y ahorrarse el pago de las costas judiciales.
El tropezón del Juzgado de Primera Instancia
El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Palma le dio la razón a Ángel y Emely solo a medias.
Declaró que la cláusula de gastos era abusiva y, por tanto, nula. Hasta aquí, bien. Pero a la hora de decidir sobre las costas, el juez resbaló.
Dijo que, al pedir solo la nulidad y no la devolución del dinero (porque pensaba que eso ya estaba prescrito), no había que imponerle las costas a nadie. Básicamente, dejó a los clientes asumiendo el coste de haber tenido que ir a un tribunal para defender sus derechos.
La postura de la Audiencia Provincial
Y aquí entra la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, para poner las cosas en su sitio. La Audiencia revoca la decisión del primer juez y condena a ING a pagar las costas de la primera instancia.
En el fallo, el tribunal explica que la entidad prestamista no contestó al requerimiento extrajudicial de los clientes ni mostró conformidad alguna. Tampoco hubo ninguna señal de que el banco acatara la doctrina del Tribunal Supremo sobre los gastos.
El fundamento de derecho clave es que, ante el pasotismo de ING, a los afectados no les quedó más remedio que demandar. Como dice literalmente la sentencia: “no quedaba otra opción a los consumidores demandantes que interponer una demanda para ver reconocidos sus legítimos derechos”.
Lo que dice el Tribunal Supremo (y Europa) para rematar la faena
Aunque esta sentencia se centra en las costas y en la acción declarativa, es imposible no mencionar cómo está el patio a nivel nacional y europeo.
Si Ángel y Emely hubieran reclamado su dinero hoy (y no solo la nulidad), la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo lo deja claro: te tienen que devolver el 100% de lo que pagaste de Registro de la Propiedad, Gestoría y Tasación, además del 50% de los gastos de Notaría. Ni más, ni menos.
Y sobre ese cuento de que “ya ha prescrito” que dejó caer el primer juez, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya ha avisado: el plazo para pedir tu dinero no empieza a correr cuando firmas la hipoteca, sino cuando tú, como consumidor, sabes de verdad que una cláusula abusiva. Exactamente la misma lógica aplica a la famosa comisión de apertura. Los bancos intentan jugar con el reloj, pero Europa les ha quitado las pilas.
Conclusión
ING jugó a ignorar a Ángel y Emely pensando que se cansarían, y la jugada le salió fatal.
La Audiencia Provincial ha dejado claro que si un banco te obliga a ir a juicio porque no responde a tus reclamaciones previas, acabará pagando de su bolsillo las costas judiciales. Se acabó eso de que el consumidor asuma el coste de defenderse de los abusos de la banca.
ING apostó al silencio y le ha tocado pagar la cuenta completa.
Los bancos a veces creen que, si no contestan, te vas a acobardar y vas a dejar el tema en un cajón. No dejes que el banco se quede con un dinero que es tuyo solo porque te han dicho que “eso ya ha caducado”.
Por aquí para reclamarle los gastos de tu hipoteca a ING.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes o lo que todos pensamos y nadie dice
1. ¿Si ING (o cualquier banco) pasa de mi carta reclamando los gastos, me rindo?
Ni de broma. Si se hacen los sordos, es la excusa perfecta para llevarlos al juzgado. Esta sentencia demuestra que si no contestan por las buenas, luego tienen que devolver tu dinero y pagar las costas del juicio por haberte obligado a demandar.
2. El director de mi sucursal me dice que ya ha pasado mucho tiempo y que mi reclamación ha prescrito. ¿Me lo trago?
Rotundamente no. Europa (el TJUE) ya les ha parado los pies. Han dicho que el reloj de la prescripción no empieza a contar hasta que tú te enteras de que la cláusula es abusiva y de que tienes derecho a reclamar. Así que tu derecho a recuperar tu dinero sigue vivito y coleando, diga lo que diga el del banco.
3. ¿Qué dinero me tienen que devolver exactamente por los gastos de la hipoteca?
El Supremo lo ha dejado claro: te deben el 100% de lo que te cobraron de Registro de la Propiedad, Gestoría y Tasación. Y además, la mitad de los gastos de Notaría. Si te hicieron pagarlo todo a ti (que es lo que hacían siempre), te deben un buen pico. No se lo regales.
4. Vale, voy a reclamar. ¿Cuánto me va a costar que miren mi escritura para saber si el banco me debe dinero?
Te lo pongo muy fácil, de frente y sin letra pequeña. Tienes dos opciones. Si quieres venir a vernos y sentarte con nosotros en el despacho, te cobramos 60 €.
Pero, si eres de los que prefieren hacerlo todo desde el sofá de casa sin perder tiempo en atascos, nos envías la documentación por email, le echamos un ojo y te decimos si tienes caso por exactamente 0 €. Sí, lo has leído bien. Nos mandas los papeles, los estudiamos y te damos la respuesta.
5. Pero si les mando los papeles por email y le echan un ojo, ¿luego me van a quitar el 20% de lo que el banco me devuelva, como hacen las plataformas de internet?
Con nosotros eso no pasa. Te miramos los papeles por 0 € a distancia (o por 60 € si vienes al despacho). No nos gusta meter la mano en tu dinero recuperado.




