
En 30 segundos
Artemio y Florencia han ganado el pulso en la Audiencia Provincial.
El banco recurrió porque no quería soltar el dinero, pero los magistrados de la Audiencia les han dado con la puerta en las narices.
Confirman que la cláusula que incluye el IRPH de su hipoteca es nula por abusiva y opaca, obligando a la entidad a devolver los intereses cobrados de más y a pagar las costas. En esta Audiencia Provincial, las excusas del banco no han colado.
Las cláusulas que se discutían
Nos remontamos al 2 de agosto de 2002. Ese día, Artemio y Florencia firmaron su préstamo con garantía hipotecaria.
Como tantos otros afectados, se tragaron sin saberlo una píldora envenenada: la “estipulación tercera bis”. Detrás de ese nombre tan técnico se escondía el IRPH.
Lo que estos afectados pedían era básico: que los tribunales declarasen nula esa cláusula y que el banco les devolviera hasta el último céntimo de los intereses pagados de más durante toda la vida del préstamo.
Ya habían ganado en primera instancia, pero el banco se resistía a pagar.
Los argumentos del banco
Unión de Créditos Inmobiliarios no se iba a quedar de brazos cruzados, así que plantó un recurso de apelación para llevar el caso ante la Audiencia Provincial.
En su escrito, largo y aburrido, “extenso” según dice la propia sentencia, el banco juraba y perjuraba que su contrato era el más transparente del mundo. Decían que Artemio y Florencia sabían perfectamente lo que firmaban. Y soltaron su carta trampa: argumentaron que, aunque los jueces de la Audiencia pensaran que faltaba transparencia material, eso no significaba automáticamente que la cláusula fuera abusiva.
La decisión de la Audiencia Provincial
Los magistrados de la Audiencia Provincial no se dejaron enredar. Dejaron claro que el banco no entregó a los afectados información vital, como los valores pasados del IRPH. Es decir, la transparencia material brillaba por su ausencia.
Al caerse la transparencia, al banco le tocaba demostrar que el trato no era abusivo aportando comparativas con los tipos de interés habituales en el mercado. ¿Y qué hizo el banco? Nada. Ni un solo dato estadístico. Como el banco no demostró nada, la Audiencia Provincial fue letal y soltó la frase que hunde a la entidad: “…la abusividad declarada determina la nulidad”.
Recurso desestimado, victoria confirmada para los afectados y el banco condenado a pagar las costas del recurso.
Conclusión
Cuando un banco pierde en el juzgado de primera instancia, casi siempre recurre a la Audiencia Provincial para intentar agotarte mental y económicamente. Pero Artemio y Florencia aguantaron el tirón y la Audiencia les ha dado la razón.
Si tienes IRPH, no asumas que está todo perdido, pero tampoco te creas a los que te prometen millones sin saber cómo están actuando los juzgados.
Si quieres conocer nuestros análisis sobre las últimas sentencias dictadas en relación con el IRPH, puedes hacer clic aquí: Sentencias sobre el IRPH.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes sobre el IRPH
1. ¿Es difícil ganar ahora un caso sobre el IRPH?
Sí. El Tribunal Supremo ha decidido que, como el índice es oficial, les da igual que no te hayan explicado bien cómo funciona. Ni que había otros índices más favorables. Se han inventado una muralla legal para proteger la solvencia de la banca frente a los afectados.
2. Si el banco no explicó cómo se calculaba, ¿no es nulo?
Aquí está la gran estafa jurídica. Los jueces reconocen que el banco te ocultó información (falta de transparencia), pero luego dicen que eso no importa si el precio no es “abusivo” comparado con el mercado. Es como si te venden un coche sin frenos pero el juez dice que, como el precio era barato, no puedes quejarte. Aunque, de barato luego, poco.
3. ¿Merece la pena reclamar?
Desde nuestro punto de vista, a día de hoy, no. Salvo en un caso concreto que te cuento en la siguiente pregunta, aún no recomendamos reclamar la nulidad de la cláusula que impone el IRPH.
4. ¿No están aceptando llevar ningún caso de IRPH?
Algunos sí. Sólo los casos de subrogaciones al promotor donde el afectado no recibió ni un solo papel, ni oferta vinculante, ni tuvo capacidad de negociación alguna. Esos casos aún tienen una rendija abierta, siguiendo lo establecido por el Tribunal Supremo en la sentencia que analizamos en este artículo.
5. ¿Cuánto cuesta que me miren los papeles?
60 €. Pero solo vemos un caso a la semana. Uno, no más.
6. Hay abogados que no cobran nada por mirarlo, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Esos 60 € son un filtro.
Revisar una escritura de arriba a abajo, buscando las trampas reales y estudiando si de verdad hay partido o no, lleva su tiempo. Y nosotros cobramos por nuestro tiempo para poder decirte la verdad. Si lo hiciéramos gratis, tendríamos que meterte en un pleito sí o sí (aunque lo fueras a perder) solo para intentar rentabilizar ese tiempo. Y nosotros no trabajamos así.
Pero te propongo algo: ve primero con esos despachos que te lo miran a coste cero. En serio, ve a verlos. Escucha lo que te cuentan y, sobre todo, lee con lupa la letra pequeña de lo que te van a hacer firmar.
Si al final del proceso ves que no intentan quedarse con el dinero de tu viaje a Disney o con lo que te iba a costar la reforma del baño (te explicamos exactamente cómo funciona la trampa de los abogados “gratis” si haces clic aquí), entonces adelante, quédate con ellos.
Si de repente te das cuenta de que lo gratis te va a salir carísimo y que se van a quedar con una parte enorme de lo tuyo, escríbenos. Pagas 60 €, sí, pero te llevas un análisis honesto, te decimos si hay opciones reales y, si ganamos, el dinero de tu reforma o de tu viaje a Disney se queda donde tiene que estar, en tu bolsillo.



