En este artículo contamos nuestra experiencia al haber solicitado la suspensión de la tramitación de un procedimiento sobre el IRPH, que en un primer momento nos fue denegada. Tras tener en cuenta un recurso que presentamos, se acordó por la Audiencia Provincial de Las Palmas, suspender el procedimiento hasta que se pronunciara el TJUE.
Creemos que la información que aparece en los enlaces a los que se puede acceder, podría utilizarse para solicitar la suspensión de los procedimientos que se tramitan en toda España, hasta que se dicte Sentencia por el TJUE sobre si es posible analizar la abusividad del IRPH.
Al tener conocimiento de la noticia, encontramos el Auto mediante el que se suspendía la tramitación de ese procedimiento en concreto, y redactamos un escrito para poder aportarlo a otros procedimientos sobre el IRPH, solicitando la suspensión de los procedimientos. A ese mismo escrito, adjuntamos las Conclusiones de la Comisión Europea, que como sabemos, son totalmente favorables al consumidor.
Teníamos la esperanza de que se suspendieran todos los procedimientos que estamos tramitando, relacionados con el IRPH en la Audiencia Provincial de Las Palmas. Sin embargo, con fecha 31/10/2018, la mencionada Audiencia denegó nuestra solicitud de suspensión, y mantuvo el señalamiento para estudio, votación y fallo para el día 05/11/2018. Esta decisión (de la que se hicieron eco los medios de comunicación) nos pareció tremendamente injusta, y decidimos presentar recurso de reposición contra la Providencia que denegaba la suspensión del procedimiento, basándonos en la infracción del principio de seguridad jurídica.
Hoy, afortunadamente, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas nos ha notificado una nueva Providencia en la que tienen en cuenta nuestro recurso y se suspende la tramitación del procedimiento.
Sin duda, nos parece un grandísimo acierto suspender la tramitación de los procedimentos en los que se solicite la declaración de nulidad del IRPH. Sobre todo, porque, sea cual fuere el sentido del fallo del TJUE, desde nuestro punto de vista, carecería de sentido acudir al Tribunal Supremo.
Desde nuestro despacho no recomendamos la presentación de procedimientos relacionados con el IRPH hasta que se pronuncie el TJUE, y ponemos a disposición tanto de los afectados como de otros Letrados la información contenida en este artículo para que se solicite la suspensión de la tramitación de los procedimientos. De otro modo, entendemos que lo único que se conseguiría es incrementar la carga de trabajo que soportan los Tribunales y, al tener que acudir a varias instancias, encarecer los honorarios de Procurador y Abogado por la tramitación de los procedimientos.
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