El Plan de Vivienda para el período 2009 a 2012, se creó con la intención de facilitar el acceso a la primera vivienda de los canarios que tenían entre 18 y 35 años de edad. Mediante este plan, el Gobierno de Canarias ofrecía una serie de condiciones que habían sido negociadas previamente con varias entidades financieras (en principio más atractivas que las de mercado).
Antes de presentar las primeras demandas judiciales solicitando la nulidad de las cláusulas suelo y la devolución de los importes cobrados indebidamente por el banco, existían dudas generalizadas sobre la viabilidad de este tipo de procedimiento. Y ello porque, al tratarse de hipotecas en las que las condiciones habían sido pactadas con el Gobierno de Canarias, aparentemente no debería existir incertidumbre alguna sobre su legalidad. Sin embargo, a pesar de tratarse de préstamos a los que se accedía después de cumplir los requisitos exigidos por el Gobierno de Canarias, era necesario que el banco cumpliera con su obligación de informar adecuadamente sobre la existencia de la cláusula suelo en los préstamos que concedía, lo que, en la gran mayoría de ocasiones, no ocurría.
Los Tribunales han ido reaccionando positivamente ante este tipo de producto conocido como “hipoteca joven canaria”, ordenando eliminar la cláusula de los contratos de préstamo firmados y condenando a devolver los importes cobrados indebidamente por la aplicación de esta cláusula que se había insertado de forma indebida, sin el conocimiento de los consumidores en su préstamo.
Es importante tener en cuenta que los productos conocidos como “hipoteca joven” no fueron comercializados sólo en Canarias sino que existen casos prácticamente idénticos en otros puntos de la geografía española, a los que los Tribunales han dado respuesta a través de sentencias como las que se relacionan a continuación:
Sentencia de 05/01/2016, dictada por la Audiencia Provincial de Burgos contra Caixabank.
Sentencia de 19/10/2015, dictada por la Audiencia Provincial de Burgos contra Caixabank.
Sentencia de 09/10/2015, dictada por la Audiencia Provincial de Burgos contra Caixabank.
Sentencia de 17/06/2015, dictada por la Audiencia Provincial de Jaén contra Unicaja Banco.
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