
En 30 segundos
Si firmaste una hipoteca y el banco te coló una comisión de apertura nada más empezar sin explicarte a santo de qué, el Tribunal Supremo acaba de decir que eso es abusivo y te tienen que devolver el dinero. Así de simple.
Analizamos la sentencia n.º 341/2026 de 03 de marzo de 2026, dictada por la Sección 1 del Tribunal Supremo (Id Cendoj: 28079110012026100327).
Los argumentos del afectado
Florentino, un consumidor como tú o como yo, firmó un préstamo hipotecario el 30 de octubre de 2007 (que luego amplió el 18 de septiembre de 2008).
El banco le cascó una comisión de apertura del 0,85% aplicable sobre el importe del préstamo, por la cara.
Florentino, harto de que le cobraran por respirar, demandó al banco exigiendo la nulidad de esa cláusula por ser totalmente abusiva y pidiendo que le devolvieran cada euro.
Las excusas del Banco Santander
El Banco Santander (que heredó esta hipoteca del antiguo Banco Español de Crédito) se defendió con uñas y dientes.
Su argumento venía a ser: “Oye, que cobrar esta comisión no es automáticamente nulo, nosotros somos muy transparentes y la ley nos ampara”.
Básicamente, intentaron convencer a los jueces de que el consumidor sabía perfectamente lo que firmaba y que no había ningún desequilibrio.
El primer asalto: el Juzgado de Primera Instancia
El Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Oviedo no se tragó el cuento del banco. Le dio la razón a Florentino y anuló la cláusula de la comisión de apertura.
¿El motivo? El banco en ningún momento aportó ni probó haber entregado la famosa “oferta vinculante” o un documento similar antes de firmar la escritura, algo clave para que el consumidor sepa cuánto le va a costar la broma.
La decisión de la Audiencia Provincial
El Banco Santander recurrió, pero la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Oviedo se mantuvo firme.
Le dieron la razón al cliente manteniendo la nulidad de la comisión de apertura. ¿Por qué? Porque el banco fue incapaz de demostrar con pruebas que esa comisión correspondiera a servicios que realmente hubieran prestado al cliente o a gastos reales en los que hubieran incurrido. Si no hay servicio, no hay cobro.
El golpe final: la decisión del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo remató la faena a favor del consumidor. Desestimó el recurso del Banco Santander y le condenó a pagar las costas.
El fundamento clave es lógico: si el banco no da información previa ni oferta vinculante, la cláusula no es transparente.
Y cito textualmente porque esto es importante: al no ser transparente y omitirse “uno de los elementos determinantes del coste real del préstamo, necesario para la comprensión previa de las consecuencias económicas y jurídicas de la operación, sin poder compararla el consumidor, adecuadamente, con otras ofertas, ha de apreciarse su carácter abusivo y mantener su nulidad”.
Conclusión
El Banco Santander le cobró a Florentino una comisión de apertura sin explicarle bien las cosas y sin demostrar que hacían un trabajo real a cambio.
Los tribunales, desde el juzgado de instancia hasta el Tribunal Supremo, le han dicho al banco que eso es abusivo, nulo, y que tienen que devolver el dinero.
Si tienes una hipoteca, revisa tus papeles, porque tu dinero podría estar esperándote.
Si tienes dudas sobre esto, escríbenos.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas que te haces antes de ir a por tu dinero (y sus respuestas)
1. ¿De verdad puedo recuperar el dinero de la comisión de apertura o es un bulo?
Ni bulo ni medias tintas. El Tribunal Supremo lo acaba de dejar clarísimo. Si el banco te metió esa comisión por la cara, sin explicarte nada y sin darte una oferta vinculante previa para que pudieras comparar, esa cláusula es nula. Y si es nula, el dinero vuelve a tu bolsillo.
2. ¿Cómo sé si a mí también me han cobrado esto (y de cuánto dinero hablamos)?
Coge tu escritura de la hipoteca, quítale el polvo y busca la cláusula cuarta (suele esconderse ahí, aunque ya sabes que los bancos son muy creativos y podría variar).
Lo que tienes que buscar es una redacción que tenga esta pinta o una muy parecida:
“Además del interés, este préstamo devengará las siguientes comisiones: – De apertura, MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO EUROS Y SETENTA CÉNTIMOS DE EURO (1.228,70 €), por una sola vez, liquidable y pagadera al formalizarse la operación.”
Ese es el pellizco que te quitaron de la cuenta el primer día, casi sin que te dieras cuenta. Si no lo encuentras, te marea el vocabulario del notario o, simplemente, tienes dudas, envíanos la escritura y te ayudamos a encontrarla.
3. ¿Esto vale solo si mi hipoteca es del Santander o puedo meterle mano a mi banco?
Absolutamente. Aunque a Florentino se la lió el Santander (Banesto en su día), la ley es igual para todos. Llámese BBVA, Caixabank o el banco de tu pueblo. Si no hubo transparencia, hay partido.
4. ¿Puedo reclamar si firmé mi hipoteca hace mil años en pleno boom inmobiliario?
El caso de Florentino era de 2007. Sí, de hace casi veinte años. ¿Y qué ha dicho el juez? Que le tienen que devolver el dinero cobrado indebidamente desde el inicio del préstamo hipotecario. Y ojo, sumando el interés legal que corresponda. Así que no te preocupes si tu escritura tiene las grapas oxidadas y mucho polvo. Lo que importa no es el año en que firmaste, sino la letra pequeña que te obligaron a tragar.



