¿Es posible recuperar los gastos del préstamo hipotecario?
Sí, siempre que la persona afectada tenga la “condición de consumidor”, esto es, que el préstamo hipotecario haya sido solicitado por personas físicas o jurídicas que actúen en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional (y que el destino del préstamo no esté relacionado con una actividad empresarial o profesional).
¿Qué importes puedo recuperar?
Según el criterio establecido actualmente por el Tribunal Supremo, podrían recuperarse el 50% de las facturas de Notaría, Gestoría y el 100% de la factura del Registro de la Propiedad.
El Tribunal Supremo no se ha pronunciado sobre el porcentaje a abonar respecto al gasto de la Tasación. Sin embargo, aplicando el principio de analogía, los Tribunales están condenando a las entidades financieras a abonar el 50% correspondiente a la factura de la Tasación.
Ejemplo
Factura de Notaría: 800 € (podríamos recuperar 400 €)
Factura de Registro de la Propiedad: 200 € (podríamos recuperar 200 €)
Factura de Gestoría: 400 € (podríamos recuperar 200 €)
Factura de Tasación: 250 € (podríamos recuperar 125 €)
Total facturas: 1.650 € (podríamos recuperar 925 €)
A la cantidad a recuperar habría que sumarle el importe de los intereses legales desde que se abonaron las facturas correspondientes hasta que la entidad financiera abone el importe a los afectados.
Es importante recordar que sólo es posible reclamar los porcentajes mencionados sobre los gastos relacionados con la constitución del préstamo hipotecario, no pueden reclamarse los gastos relacionados con la escritura de compraventa.
¿Cuál es el fundamento legal que permite recuperar los gastos de constitución del préstamo hipotecario?
El artículo 89.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias permite que un Tribunal pueda declarar la nulidad, por abusiva, de la cláusula que impone todos los gastos de constitución del préstamo al consumidor.
¿Cómo puedo recuperar los gastos de mi préstamo hipotecario?
El primer paso es siempre, tratar de encontrar una solución amistosa con la entidad financiera.
Para ello, puede enviar un correo electrónico (aquí dejamos un ejemplo del texto a enviar: Intento de solución extrajudicial gastos del préstamo), al Servicio de Atención al Cliente de su entidad financiera.
Al final de este artículo que escribimos hace poco, podrá encontrar los correos electrónicos de las entidades financieras más importantes de España.
¿Qué hago si el banco no me quiere devolver los gastos de mi préstamo hipotecario?
Si la entidad financiera no está de acuerdo con abonar el importe reclamado, o transcurre el plazo de dos meses desde que se envío el correo electrónico, habría que valorar la posibilidad de presentar un procedimiento judicial.
Me han devuelto parte de los gastos del préstamo, ¿puedo reclamarlos todos?
Sí. Si se dan las condiciones a las que hemos hecho referencia a lo largo de este artículo, sería posible reclamar el resto de gastos que la entidad ha decidido no abonar.
De hecho, CaixaBank suele actuar habitualmente de este modo. Abona a los clientes únicamente la mitad de los gastos a los que debería hacer frente, y además, sin intereses legales.
Nuestro consejo es que se vuelva a enviar un correo electrónico a la entidad reclamando las cantidades pendientes de abonar, y en caso de no recibir respuesta o de que la respuesta sea denegatoria, presentar una demanda por la vía judicial.
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