En mayo de 2015 finaliza el plazo establecido en el artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores para que los afectados puedan reclamar por la falsedad o las omisiones en relación al contenido del folleto de la salida a bolsa de Bankia. Sin embargo, aunque transcurra dicho plazo existe la posibilidad de ejercer otras acciones judiciales que permiten acudir a los Tribunales para conseguir la devolución de la totalidad de lo invertido. Estas acciones son las siguientes:
- Acción de declaración de nulidad por dolo o error-vicio en el consentimiento
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Acción de resolución contractual de las órdenes de suscripción, con indemnización de daños y perjuicios por el incumplimiento por parte de la entidad oferente de sus obligaciones de información, y en particular del incumplimiento de la buena fe contractual
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Acción de responsabilidad del auditor por el posible incumplimiento defectuoso de sus labores fiscalizadoras
En nuestra opinión, lo más conveniente es ejercitar la primera o la segunda de las tres opciones expuestas; la acción de declaración de nulidad por dolo o error-vicio en el consentimiento o la acción de resolución contractual de las órdenes de suscripción, con indemnización de daños y perjuicios por el incumplimiento por parte de la entidad oferente de sus obligaciones de información, y en particular del incumplimiento de la buena fe contractual. La acción de responsabilidad del auditor, aunque podría ejercitarse, entendemos que conllevaría una argumentación jurídica más compleja y que no siempre se conseguiría el resultado esperado.
Al fundamentar la demanda judicial en el error por vicio en el consentimiento, existen unas posibilidades muy altas de que el Juzgado condene a Bankia a devolverle el total de lo invertido por la compra de las acciones, más los intereses correspondientes, más los gastos de Abogado y Procurador.
Hasta abril de 2015 se han presentado unas 2.500 demandas por valor de 70 millones de euros. Como importe máximo el grupo BFA-BANKIA calcula que tendrá que pagar 780 millones de euros por las demandas civiles. Esto significa que, si los afectados no reclaman, de los 1.855 millones de euros que captó Bankia a inversores minoristas, no devolverá más de 1.000 millones de euros que obtuvo indebidamente, engañando a miles de personas. Y si no, tiempo al tiempo.
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