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Te contamos cómo la Audiencia Provincial de Burgos desestima un recurso de apelación presentado por Bankinter, en el que había solicitado que se desestimase la demanda por haber prescrito la acción restitutoria de los gastos del préstamo.
La sentencia analizada
La Sentencia n.º 105 2023, de 23 de marzo, dictada por la Sección 2 de la Audiencia Provincial de Burgos, desestima el recurso de apelación presentado por Bankinter, en el que esta entidad trató de defender que las acciones de nulidad y restitutoria son dos acciones distintas y la restitutoria está sujeta a un plazo de prescripción, de 5 años desde la entrada en vigor de la Ley 42/2015 por aplicación el artículo 1964.2CC con el límite del 28-12-2020 (por la suspensión de plazos derivada de la declaración del estado de alarma).
Bankinter trata de defender en su recurso de apelación que el plazo de prescripción comenzó:
- El día en que se abonaron la totalidad de los gastos;
- En el momento en que los consumidores pudieron tener conocimiento del carácter abusivo de la cláusula, conocimiento que existía con carácter general en 2013;
- Con la difusión de la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015.
La desestimación del recurso de apelación
La Audiencia Provincial de Burgos, desestima el recurso de apelación presentado por Bankinter, por los siguientes motivos:
- La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de abril de 2021 ha señalado que es contrario al Derecho europeo protector de los consumidores, que el plazo de prescripción de la acción para reclamar la cantidades indebidamente pagadas por razón de la aplicación de tal cláusula inicie su cómputo antes que el consumidor afectado por la misma tenga conocimiento del carácter abusivo de la cláusula.
- El Tribunal Supremo en su Auto de 22 de julio de 2021 en el que formula ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestión prejudicial sobre el plazo inicial para aplicar el plazo de prescripción, se plantea como momento inicial para el cómputo, bien la propia sentencia que declara la nulidad, bien la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019 en la que establece la distribución de los gastos del préstamo hipotecario, bien la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea de 16 de julio de 2020 que admite la prescripción de la acción de restitución de gastos pagados indebidamente.
Al desestimarse el recurso, la Audiencia Provincial de Burgos, condena a Bankinter a abonar las costas de la apelación según lo establecido en el artículo 398.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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