
En 30 segundos
Seguimos en la trinchera. Sacando a la luz sentencias que, una tras otra, demuestran que la cláusula que incluye el IRPH es un abuso.
Lo hacemos para ayudar al Tribunal Supremo. Para que, de una vez por todas, escuche a la justicia europea y dicte una sentencia que proteja a los afectados. Porque ya va siendo hora.
Hoy analizamos la Sentencia n.º 105/2014, de 2 de Diciembre de 2014, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Guadalajara. Puedes consultar el texto completo de la sentencia aquí.
Las cláusulas que se discutían
El caso era el de una familia que firmó su hipoteca en diciembre de 2006, con KUTXABANK, S.A..
El problema, como en tantos miles de casos, estaba en la “Cláusula Tercera Bis”. Esta cláusula era la que fijaba el tipo de interés variable. Pero en lugar de usar el Euribor (el que tiene casi todo el mundo), el banco les había colado el famoso IRPH-CAJAS.
¿Por qué los clientes pidieron que se anulara esa cláusula?
Por una razón muy sencilla: el IRPH-Cajas era (y es) una trampa.
Los clientes argumentaron (y con mucha razón) que ese índice lo “cocinaban” las propias Cajas de Ahorro. Es decir, KUTXABANK (que es la heredera de las cajas vascas) y sus amigas “Cajas” participaban activamente en la creación del índice que luego te aplicaban a ti en tu hipoteca.
Imagina jugar un partido de fútbol donde el árbitro es el capitán del equipo contrario. Pues esto era igual.
Además, los clientes señalaron que ese índice ya estaba legalmente “muerto”. Varias normativas (la OM 2899/2011 y la Ley 14/2013) habían decretado su desaparición oficial. Si era un índice moribundo y opaco, ¿por qué tenían que seguir atados a él?
Los argumentos del banco
KUTXABANK, como era de esperar, sacó la artillería pesada para defender su cláusula.
Su defensa fue la de siempre: “Aquí no hay nada que ver, circulen”.
- “Se negoció todo”. El banco dijo que las condiciones se habían negociado individualmente con los clientes en la sucursal. Que no fue un “impuesto”, sino un “acuerdo”.
- “Les dimos la oferta vinculante”. Juraron y perjuraron que habían entregado la famosa “oferta vinculante” (ese papel que te dan días antes, o incluso el mismo día, y que, supuestamente, te lees con lupa).
- “El IRPH es oficial y legal”. Insistieron en que el IRPH-Cajas era un índice oficial, legal y reconocido por el mismísimo Banco de España.
- “No es manipulable”. Aquí KUTXABANK se vino arriba y dijo que el IRPH no era manipulable (insinuando que el Euribor sí) y que solo desaparecía porque las “Cajas de Ahorro” habían desaparecido (al convertirse en bancos), no porque el índice fuera malo.
En resumen: “Era legal, usted lo firmó, ahora pague lo que pone ahí”.
La decisión del Juzgado
Aquí es donde la historia se pone bonita.
La Magistrada-Juez que vio el caso, no se tragó ni una sola de las excusas de KUTXABANK.
La sentencia fue una victoria TOTAL para los clientes. El Juzgado estimó íntegramente sus peticiones.
¿Y por qué ganó la familia? Porque la jueza fue directa al grano y desmontó al banco pieza por pieza:
1. ¿Negociado? ¡Demuéstrelo! La jueza le dijo al banco que hablar es gratis. KUTXABANK afirmó que se negoció, pero la sentencia dice alto y claro que “no aporta prueba que justifique sus manifestaciones”.
Es decir, no demostraron NADA.
Por tanto, la jueza concluyó que era una cláusula impuesta, una “condición general de la contratación”. No hubo negociación real.
2. Falta de transparencia (el golpe mortal) Este es el núcleo de la sentencia. El banco no cumplió con su deber de informar de forma “clara y comprensible” a los clientes.
Y aquí la jueza deja una frase demoledora. Dice que la cláusula es tan técnica y compleja que es difícil de entender “incluso para esta Juzgadora”.
Piénsalo. Si una jueza especialista en mercantil reconoce que la cláusula es un galimatías, ¿qué posibilidades tenía una familia normal de entender lo que estaba firmando?
Cero.
La sentencia es clara: KUTXABANK no probó en ningún momento que “informara a los prestatarios de su existencia y contenido”.
3. El Fallo: cláusula nula y a devolver el dinero Al faltar esa transparencia, la cláusula es abusiva. Y si es abusiva, es NULA.
El Juzgado declaró la NULIDAD de la parte de la Cláusula Tercera Bis que imponía el IRPH-CAJAS.
Conclusión
La victoria no fue solo moral. Anular la cláusula tuvo consecuencias económicas directas para KUTXABANK.
Al declarar nulo el IRPH-Cajas, la jueza obligó al banco a hacer dos cosas:
- Eliminar la cláusula de la hipoteca para siempre.
- Recalcular toda la hipoteca desde el principio y DEVOLVER todo el dinero que los clientes habían pagado de más por culpa del IRPH.
¿Y qué interés se aplica ahora?
Aquí KUTXABANK se disparó en el pie. El propio contrato tenía una cláusula sustitutiva por si el IRPH desaparecía (algo que ellos mismos decían que era imposible que fuera abusivo).
La jueza simplemente aplicó esa cláusula de “emergencia” que el propio banco redactó: la hipoteca se recalculó usando EURIBOR + 1%.
Los clientes no solo se libraron del IRPH para siempre, sino que recuperaron miles de euros que KUTXABANK les había cobrado indebidamente.
Magistrados del Tribunal Supremo, la justicia, si llega tarde, no sirve de nada. Más de un millón de familias siguen esperando.



