
En 30 segundos: lo que está en juego
Firmaste un contrato de alquiler pensando en la estabilidad. Pero la vida da vueltas. Un divorcio, un hijo que vuelve a la isla tras estudiar fuera o simplemente un cambio drástico en tu economía hace que necesites recuperar tu propiedad antes de tiempo.
Mi padre y yo vemos dos caras de la misma moneda cada semana en nuestro despacho, en Gran Canaria: propietarios angustiados porque creen que han “perdido” su casa durante 5 años, e inquilinos aterrorizados porque les echan con una excusa falsa.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es clara, pero cuidado con la trampa: sí, puedes recuperar tu casa, pero si te saltas un solo paso burocrático, la broma te saldrá muy cara. Aquí no vale el “necesito el piso, vete”. Aquí valen los plazos y las pruebas.
Te vamos a traducir el famoso artículo 9 para que duermas tranquilo esta noche.
Para ti, propietario: cómo recuperar tu casa sin que te cueste una demanda
Tu mayor miedo es obvio: que el inquilino se atrinchere o, peor, que se vaya y luego te denuncie reclamando una indemnización.
La ley actual (para contratos firmados desde marzo de 2019) te protege, pero te exige disciplina militar. Para que puedas interrumpir esa prórroga obligatoria de 5 años (o 7 si eres empresa, aunque las empresas no pueden alegar causa de necesidad para sí mismas), debes cumplir esto a rajatabla:
- La “cláusula salvavidas”: revisa tu contrato AHORA. ¿Incluye una cláusula que dice expresamente que podrías necesitar la vivienda para ti o tus familiares? Si no está escrita, no puedes echarlos. La ley de 2019 endureció esto. Si tu contrato es mudo, debes esperar los 5 años.
- El cronómetro del año: no puedes pedir la casa antes de que acabe el primer año de contrato.
- La comunicación (no vale un WhatsApp): debes avisar como mínimo con 2 meses de antelación. No 30 días, ni un mes y medio. Dos meses antes de la fecha en que necesites la casa. Y hazlo por burofax.
- La verdad: la causa debe ser real. Para ti, para tus padres, hijos o cónyuge (en caso de divorcio). No vale para un sobrino ni para un amigo.
El consejo del despacho: no uses esto como excusa para subir el alquiler o cambiar de inquilino. Si te pillan (y es fácil pillarte vigilando algunas cosas), tendrás que devolverle la casa al inquilino o pagarle una indemnización fuerte.
Para ti, inquilino: cómo saber si te están engañando
Tu miedo es que te pongan las maletas en la calle con una mentira para volver a alquilar el piso más caro a turistas o a otro residente.
Entendemos tu estrés. Buscar piso en Las Palmas o en el sur ahora mismo es una odisea. Pero tienes derechos blindados:
- Pide pruebas (con educación pero firmeza): si te dicen “necesito el piso para mi hijo”, tienes derecho a saber quién es y por qué.
- Vigila el reloj: si te vas, el propietario (o su familiar) debe mudarse y ocupar la casa en un plazo máximo de 3 meses.
- Tu As en la manga: si pasados 3 meses la casa sigue vacía o hay gente distinta, es un fraude de ley. Puedes exigir volver a la vivienda (por otros 5 años) o pedir que te paguen una mensualidad por cada año que te quedaba de contrato. Además, te tienen que pagar los gastos de la mudanza que te obligaron a hacer.
La clave práctica (del “legalés” a la realidad)
Imagina que Juan, propietario de un piso en Guanarteme, quiere recuperar su vivienda porque su hija vuelve de la universidad.
Legalmente, el texto es denso. En la práctica, en Roda Abogados resumimos el proceso en estos 3 pasos de seguridad:
- Paso 1: el chequeo del papel. Antes de hablar con nadie, leemos el contrato. ¿Pone explícitamente que existe la posibilidad de recuperar la vivienda por necesidad?
- Sí: Seguimos.
- No: Juan, lo sentimos, tienes que esperar al vencimiento de los 5 años.
- Paso 2: el burofax de los 60 días. Redactamos una notificación formal. No basta con decir “vete”. Hay que decir: “Necesito la vivienda para mi hija María. El contrato cumple su primer año el día X. Debes desalojar antes del día Y”.
- Paso 3: la mudanza real. Una vez el inquilino entrega las llaves, la hija de Juan tiene 3 meses para empadronarse y vivir allí de verdad. Si la deja vacía para reformarla durante 6 meses, el inquilino anterior podría reclamar.
Conclusión
Tanto si eres quien necesita entrar como quien debe salir, estas situaciones son tensas. Rompen planes de vida.
Mi padre y yo siempre decimos lo mismo: la ley no entiende de “buenas intenciones”, entiende de plazos y formalidades. Un error en la fecha del burofax o una cláusula mal redactada puede bloquearte la casa 5 años o costarte miles de euros en indemnizaciones.
No dejes que un malentendido se convierta en un pleito.
¿Te ayudamos a dar el siguiente paso?
La situación es tensa y necesito un abogado ya. ¿Tu inquilino no se va? ¿O tu casero te está presionando para que te vayas mañana? No esperes a que la situación explote. Escríbenos. Nuestro e-mail es: info@roda-abogados.com



