
En 30 segundos
Esto te interesa si firmaste un papel con el banco para bajar tu hipoteca a cambio de renunciar a reclamar (una novación).
Hoy analizamos otra sentencia gemela dictada por el Tribunal Supremo (la n.º 20/2026) con otros protagonistas: Jon y Raimunda. Su historia con Liberbank es casi idéntica, pero con un matiz crucial sobre las fechas que les ha cambiado el saldo de la cuenta. (si haces clic aquí, puedes ver nuestro análisis: Cláusula suelo Liberbank: Cuando firmar un acuerdo te sale caro (o no)).
Ahora sí, analizamos la sentencia n.º 21/2026 de 14 de enero de 2026, dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (Id Cendoj: 28079110012026100007). Si haces clic aquí, puedes descargar el texto completo de la Sentencia n.º 21/2026, dictada por el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal le dice al cliente que su acuerdo posterior es válido, pero que le tienen que devolver lo anterior. Ojo al dato.
Los argumentos del afectado
Aurelio. Así se llama el protagonista.
Aurelio firmó su hipoteca el 25 de enero de 2008. Como tantos otros, tenía un “suelo”. En 2009 se lo fijaron en el 2,75%.
Pasan los años, estalla el escándalo de las cláusulas suelo y Aurelio, harto, firma el 24 de abril de 2014 una novación (un cambio de condiciones) con el banco. Pero luego lo pensó mejor.
Su argumento fue sencillo: “Mire, Señoría, tanto la cláusula suelo original como ese acuerdo que firmé en 2014 son nulos. El banco no me explicó nada, no hubo transparencia y me comí las condiciones sin entender que estaba perdiendo dinero”.
Aurelio quería que se borrara todo y le devolvieran hasta el último céntimo desde el principio hasta el final.
Los argumentos del banco
Liberbank (antes Banco de Castilla La Mancha) sacó las uñas.
Su defensa se basó en el “Santa Rita, Rita”:
“Un momento. Aurelio firmó en 2014 un acuerdo. Ahí quitamos el suelo y pusimos un tipo fijo temporal y luego variable. Él sabía perfectamente lo que firmaba porque ya había salido la famosa sentencia del Supremo de 2013 y todo el mundo hablaba de esto en la tele. El acuerdo es legal, transparente y Aurelio lo aceptó”.
Básicamente, el banco decía que, aunque la cláusula vieja fuera mala, el acuerdo nuevo (la novación) había “curado” el problema y era totalmente válido.
La decisión del Juzgado
El Juzgado de Primera Instancia n.º 5 bis de Alicante no se anduvo con rodeos y le dio la razón a Aurelio.
Estimó totalmente la demanda.
El juez dijo que todo era nulo. La cláusula original y los acuerdos posteriores de 2009 y 2014. Condenó a Liberbank a devolver todo el dinero cobrado de más desde el principio y a eliminar cualquier rastro de la cláusula. Para el juzgado de instancia, la falta de transparencia lo manchaba todo.
La decisión de la Audiencia
Liberbank recurrió, pero se dio contra un muro.
La Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Alicante confirmó la sentencia del juzgado (Sentencia 1407/2020).
Le dijeron al banco que no. Que no constaba que hubieran dado información suficiente para esos pactos novatorios. Y soltaron una perla jurídica: “siendo nula la cláusula suelo no puede ser objeto de modificación”.
Es decir, si algo nace muerto (la cláusula nula), no puedes revivirlo cambiándole el collar (la novación). Liberbank tenía que pagar todo.
La decisión del Tribunal Supremo
Y aquí viene el giro de guion. El Supremo saca la calculadora y el mazo.
El Alto Tribunal dice: “Quietos parados”.
Le da la razón parcialmente a Liberbank.
¿Por qué? Porque el Supremo distingue dos tiempos.
- Lo viejo (antes de 2014): la cláusula suelo original era opaca y nula. Ahí no hay discusión. Liberbank tiene que devolver el dinero cobrado de más desde la firma en 2008 hasta abril de 2014.
- Lo nuevo (el acuerdo de 2014): aquí el Supremo dice que la Audiencia se equivoca. Dice que es posible modificar una cláusula nula si la modificación cumple con la transparencia.
El fundamento clave es que, para 2014, tras la sentencia del propio Supremo de mayo de 2013, había un “conocimiento generalizado de la eventual nulidad de las cláusulas suelo”.
El texto literal de la sentencia dice:
“La fácil comprensión por un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, de las consecuencias jurídicas y económicas que supone la sustitución temporal del sistema de interés variable por un interés fijo”.
En resumen: el Supremo dice que el acuerdo de 2014 es válido porque es sencillo, claro y Aurelio ya debía saber de qué iba la película.
El resultado: Aurelio recupera su dinero desde 2008 hasta abril de 2014. Pero desde abril de 2014 en adelante, se aguanta con lo que firmó, porque ese pacto sí que vale.
Conclusión
Ojo, que esta sentencia ha pintado una línea roja en el suelo. No todo está ganado por defecto.
El Supremo mantiene la mano dura con las cláusulas suelo originales (devolución total), pero es mucho más flexible con los acuerdos que los clientes firmaron con los bancos después de 2013/2014. Si el papel que firmaste se entiende y es claro, es probable que el Supremo diga que es válido y pierdas el derecho a reclamar cantidades desde esa fecha en adelante.
Aurelio recupera una parte importante de su dinero, pero no todo. En Roda Abogados peleamos para que tú recuperes lo máximo, pero siempre diciéndote la verdad sobre los riesgos de esos “acuerdos trampa”.
Escríbenos y lo miramos.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas que me haces cuando te das cuenta de que el banco te la ha jugado (y sus respuestas)
1. ¿Si firmé un acuerdo con el banco ya no puedo reclamar nada?
Depende. Y sé que odias esa respuesta, pero escucha. Si el banco te puso un papel delante lleno de letra pequeña, incomprensible y tú firmaste asustado, se puede pelear. Si el papel pone “Te bajo el suelo y tú te callas para siempre” y se entiende clarito (y además está escrito a mano por ti, por ejemplo), el Supremo dice que eso vale. En el caso de hoy (Aurelio), el pacto valía. Pero ojo, solo desde que se firmó. Lo que te robaron antes, te lo tienen que devolver. Siempre.
2. El banco me ha llamado para ofrecerme un tipo fijo “muy bueno” para quitarme la cláusula suelo, ¿firmo?
Por el amor de Dios, no. O al menos, no sin que lo lea algún abogado que sepa de esto. Ellos son profesionales de ganar dinero a tu costa. Nosotros somos profesionales de que no te tomen el pelo. Mándanos el papelito antes de estampar tu firma. Luego vienen los lloros y las sentencias como la de Aurelio, que se dejó dinero por el camino.
3. ¿Cuánto me cuesta que miren mis papeles?
60 €
4. ¿Por qué ustedes cobran 60 € por revisar mi caso si he visto anuncios de plataformas de “Reclama Gratis”?
Porque preferimos cobrarte 60 € ahora, que quedarnos con tu viaje a Disney después.
Te lo explico rápido.
Cuando ves un anuncio de “Reclama Gratis”, lo que suele decir la letra pequeña es que, cuando ganen, se quedarán con un 20% o un 25% de TU dinero recuperado + IVA o IGIC.
Haz cuentas. Si recuperas 12.800 € (una cifra habitual en estos casos), ese despacho “gratis” se va a quedar con 3.200 € de tu indemnización.
3.200 €.
Eso es una reforma del baño. O el viaje a Disney con tus hijos que llevas años posponiendo.
En cambio, nosotros funcionamos al revés:
1. Te cobramos 60 € al principio por estudiar tu caso a fondo (porque somos artesanos, no una fábrica de churros, y nuestro tiempo, como el tuyo, vale dinero).
2. Si es viable y ganamos, tú recuperas el 100% de tu dinero. Todo.
3. Nuestros honorarios restantes los paga el banco (las costas judiciales), no tú.
Así que la elección es tuya: ¿Prefieres pagar 0 € ahora y perder 3.200 € (el viaje a Disney) al final? ¿O prefieres invertir 60 € ahora y quedarte con todo tu dinero?
Tú decides quién se va a Disney: tu familia o el dueño de la plataforma de reclamaciones.



