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Esto te interesa si tienes una hipoteca con ING, aunque sea de hace años, y el banco te ha dicho que “llegas tarde” para reclamar.
Hoy analizamos una victoria real de una consumidora contra un gigante bancario. Analizamos la Sentencia n.º 650/2025 de 17 de octubre de 2025, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de La Rioja (Id Cendoj: 26089370012025100742).
Esta resolución es importante porque tumba dos de las excusas favoritas de los bancos hoy en día: el “reparto de gastos” y la famosa “prescripción”. Si haces clic aquí puedes descargar el texto completo de la sentencia n.º 650/2025 dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja.
Sonsoles y la “negociación” que nunca existió
Vamos al lío.
Sonsoles es una ciudadana normal, como tú o como yo . El 7 de septiembre de 2018 firmó una hipoteca con ING . Ya sabes cómo va esto: te ponen un taco de papeles delante, firmas donde te dicen y te vas a casa con las llaves y una deuda a treinta años.
Pasó el tiempo y Sonsoles se dio cuenta de que había pagado cosas que no le tocaban. En concreto, 805,95 euros .
- 308,57 euros de Notaría .
- 497,38 euros de Gestoría .
¿Su argumento? Sencillo. Ella no negoció nada . Esa cláusula de gastos se la impusieron y era abusiva . Y, por tanto, quería su dinero de vuelta con intereses. No pedía la luna, pedía lo que era suyo.
Los argumentos de ING: “llegas tarde y, además, pactamos”
ING, el banco naranja, no se quedó de brazos cruzados. Sacó la artillería pesada con dos argumentos que vemos a diario en el despacho:
- “Esto ha prescrito”: el banco alegó la prescripción de la acción de restitución. Básicamente, le dijeron a Sonsoles que, aunque tuviera razón, se le había pasado el arroz por el tiempo transcurrido desde que pagó las facturas. Es la excusa de moda de la banca.
- “Pactamos un reparto justo”: ING defendía que su cláusula de gastos era válida porque no le cobraban todo al cliente, sino que hacían una “distribución” de gastos, alegando que había sido negociada. Según ellos, como la cláusula decía que unos gastos los pagaba el banco y otros el cliente, eso demostraba que era transparente.
La decisión del Juzgado: una de cal y una de arena
Aquí viene lo frustrante, y la razón por la que nunca hay que rendirse en la primera batalla.
El Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Logroño le dio la razón a Sonsoles…Pero a medias.
Declaró nula la comisión por reclamación de posiciones deudoras (esa que te cobran cuando te retrasas un día en pagar), pero dijo que la cláusula de gastos era válida .
El Juez de instancia compró el argumento del banco: como la cláusula “repartía” los gastos y no se los cargaba todos al cliente, consideró que no era abusiva. Resultado: Sonsoles se quedaba sin sus 800 euros y, encima, cada uno se pagaba sus abogados porque no hubo condena en costas.
Un desastre.
La decisión de la Audiencia: el portazo al banco
Sonsoles y su abogado no se conformaron y recurrieron. Y la Audiencia Provincial de La Rioja ha puesto las cosas en su sitio con una contundencia maravillosa.
1. Sobre el falso “pacto de gastos”: La Audiencia dice que da igual que el banco disfrace la cláusula con un “reparto”. Si ese reparto te deja peor de lo que dice la ley, es abusivo.
El tribunal cita una sentencia muy reciente del Supremo de julio de 2024 y es tajante:
“El hipotético ‘pacto de distribución’ solo favorece al banco, pues conforme al mismo, resulta que casi todos los gastos se acaban ‘distribuyendo’ al consumidor”.
Al final, la cláusula imponía a Sonsoles gastos de notaría y gestoría que, según la ley vigente entonces, no debía pagar íntegramente. Así que, cláusula nula.
2. Sobre la prescripción (lo más importante para ti): ING insistía en que el plazo para reclamar había pasado. La Audiencia les para los pies citando al TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).
El plazo para reclamar no empieza a contar cuando pagaste la factura, sino cuando tienes pleno conocimiento de que la cláusula es abusiva . Y eso, por regla general, ocurre cuando un juez declara la nulidad de la cláusula .
La Audiencia lo deja cristalino:
“La prescripción pues no puede comenzar desde que se pagaron los gastos, porque es preciso que el consumidor conozca cabalmente que la cláusula que determinó ese pago es abusiva” .
El resultado final: la Audiencia revoca la sentencia anterior. Declara nula la cláusula de gastos y condena a ING a devolver a Sonsoles los 805,95 euros más los intereses legales desde que se hicieron los pagos.
Y la guinda del pastel: condena a ING a pagar las costas de la primera instancia y las del recurso. El banco paga la fiesta.
Conclusión
Sonsoles recuperó su dinero porque no se creyó el cuento de la prescripción ni el del “reparto justo”. La Audiencia Provincial de La Rioja confirma que, aunque tu hipoteca sea de 2018 o anterior, no es tarde para reclamar si nunca has tenido una sentencia que anule tu cláusula. Los bancos siguen intentando asustar con los plazos, pero los tribunales europeos y españoles están del lado del consumidor informado.
Si tu banco te dice “no”, ya sabes que es solo el principio de la conversación.
En nuestro despacho sabemos cómo pelear esto. Escríbenos y lo miramos.
Si estamos hasta arriba, te diremos quién podría echarte una mano. Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com



