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En este artículo, te contamos lo que pensamos sobre la conciliación como Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC). La conciliación es uno de los mecanismos más reconocidos y utilizados en España para asuntos civiles y mercantiles, sin embargo, en determinados procedimientos, no deja de ser un obstáculo adicional. No permite a las partes llegar a un acuerdo y, además, incrementa los costes y los plazos del proceso, que inevitablemente suele requerir la intervención judicial para su resolución.
¿Qué es la Conciliación en el Derecho Civil y Procesal Español?
La conciliación es un mecanismo voluntario para la resolución de conflictos que implica a dos o más partes (personas físicas o jurídicas), y, con la asistencia de un tercero neutral y cualificado (conciliador), trabajan activamente para encontrar una solución aceptable a sus diferencias.
El papel fundamental del conciliador es facilitar la comunicación, guiar la negociación y ayudar a las partes a explorar posibles soluciones. A diferencia de un juez o un árbitro, el conciliador no impone una decisión; el acuerdo final se alcanza únicamente por el consenso de las partes implicadas. Esta distinción es fundamental: la conciliación es un proceso autocompositivo, lo que significa que su éxito depende enteramente de la voluntad de las partes para participar, negociar y, en última instancia, comprometerse. Esta autonomía de las partes es una fortaleza, pero también una evidente debilidad si no hay disposición al acuerdo.
La conciliación se rige por varios principios fundamentales que definen su naturaleza y funcionamiento:
- Voluntariedad: Las partes deben aceptar voluntariamente participar en el proceso de conciliación y conservan el derecho a retirarse en cualquier momento si consideran que el proceso no satisface sus intereses.
- Gratuidad: Aunque no es universalmente gratuita (especialmente, la conciliación privada), implica que el proceso en sí, particularmente cuando se lleva a cabo ante autoridades judiciales, busca minimizar los costes. Sin embargo, no siempre suele serlo al ser común contratar a profesionales del mundo jurídico para que representen a las partes.
- Oralidad: El proceso implica típicamente una comunicación verbal directa y negociación entre las partes, facilitada por el conciliador.
- Simplicidad: Los procedimientos de conciliación son generalmente menos formales y complejos que los procesos judiciales tradicionales.
- Confidencialidad: Todas las discusiones, propuestas e información compartida durante el proceso de conciliación son estrictamente confidenciales.
- Veracidad y Buena Fe: Se espera que las partes actúen con honestidad y con una intención genuina de resolver el conflicto.
Tipos de conciliación en España
La conciliación en España se manifiesta principalmente en dos formas:
- Conciliación Extrajudicial: Este tipo se produce antes de que se haya iniciado cualquier proceso judicial formal. Es un paso proactivo para resolver una disputa sin recurrir a los tribunales. Puede llevarse a cabo en diversos entornos: centros de conciliación públicos o privados autorizados , ante Notario o Registrador, o incluso de forma privada con una persona que posea conocimientos técnicos o jurídicos relevantes. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha impulsado significativamente la relevancia de estas modalidades extrajudiciales al convertir el intento de dicha negociación en un requisito previo para iniciar ciertas demandas civiles y mercantiles.
- Conciliación Judicial: Esta forma de conciliación es un tipo de procedimiento judicial. Este tipo de conciliación está regulado principalmente por los artículos 139 y siguientes de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
Este procedimiento es generalmente aplicable a cualquier derecho que sea de libre disposición por su titular y a asuntos susceptibles de transacción. Sin embargo, es crucial destacar que ciertas materias están expresamente excluidas de la conciliación debido a su naturaleza sensible o al interés público que las rodea. Esta delimitación estratégica permite que la justicia formal se concentre en aquellos casos que requieren una supervisión judicial indispensable.
Posibles ventajas de la conciliación
La conciliación ofrece una serie de beneficios significativos tanto para las partes involucradas como para la eficiencia del sistema judicial en su conjunto, siempre que haya buena disposición entre las partes. En primer lugar, destaca su celeridad, permitiendo resolver disputas en un plazo considerablemente menor en comparación con los litigios, que a menudo pueden prolongarse durante años. Esta rapidez se traduce directamente en una notable reducción de costes económicos y temporales, al evitar honorarios legales elevados, tasas judiciales y otros gastos asociados a procedimientos prolongados.
Además, a diferencia de la naturaleza adversarial de un juicio, la conciliación trata de fomentar un entorno colaborativo que contribuye a mantener las relaciones entre las partes, algo especialmente valioso en contextos familiares o comerciales. Un aspecto fundamental es el control que las partes ejercen sobre el resultado, ya que participan activamente en la configuración de la solución, lo que conduce a acuerdos personalizados y aumenta la satisfacción y la probabilidad de cumplimiento voluntario. Desde una perspectiva sistémica, la conciliación desempeña un papel vital en la descongestión de los tribunales, liberando recursos judiciales para casos más complejos. Finalmente, el carácter confidencial del proceso promueve una comunicación abierta y honesta.
Desafíos y consideraciones críticas
A pesar de sus posibles ventajas, la conciliación presenta grandes limitaciones y posibles inconvenientes que deben ser valorados cuidadosamente. Una de las principales es que el acuerdo final no es obligatorio, lo que significa que si las partes no logran un consenso, la disputa inevitablemente se dirigirá al litigio, lo que podría convertir el tiempo y el esfuerzo invertidos en la conciliación en un obstáculo adicional para solucionar el conflicto.
Otro punto crítico es el riesgo de asimetría de poder entre las partes. Si existe un desequilibrio significativo en términos de información o habilidades de negociación, una parte más vulnerable podría sentirse presionada a aceptar un acuerdo desfavorable, ya que el conciliador actúa como facilitador neutral y no puede ofrecer asesoramiento legal o actuar como defensor.
Es fundamental recordar las limitaciones en las materias conciliables, ya que un amplio rango de asuntos sensibles o de orden público están expresamente excluidos, restringiendo el ámbito de aplicación de este mecanismo. Además, para que un acuerdo alcanzado en conciliación posea fuerza ejecutiva comparable a una sentencia judicial, debe someterse a un proceso de homologación judicial (en el caso de la conciliación intrajudicial) o elevación a escritura pública ante Notario (para acuerdos extrajudiciales). Este paso adicional implica tiempo, carga administrativa y costes potenciales, lo que puede erosionar parte de las ventajas de rapidez y eficiencia.
Aunque generalmente es más económica que un litigio completo, la conciliación no siempre es totalmente gratuita, pudiendo implicar honorarios del conciliador o gastos administrativos. Asimismo, la posibilidad de incomparecencia de una de las partes puede dar por finalizado el proceso sin que se produzca una negociación real. Finalmente, el rol del conciliador es estrictamente el de un facilitador, no el de un Juez, lo que significa que no puede imponer una solución. Existe también el riesgo de que un acuerdo sea nulo o ineficaz si no cumple con todos los requisitos legales, subrayando la importancia de una revisión legal adecuada.
Conclusión: ¿cuándo la conciliación puede ser la mejor opción?
La conciliación se posiciona como una herramienta poderosa y cada vez más relevante dentro del sistema legal español. Es una excelente opción cuando la preservación de relaciones es prioritaria, se busca una resolución rápida y rentable, y todas las partes demuestran una voluntad real de negociar.
No obstante, es crucial abordarla con una comprensión clara de sus matices y limitaciones. La decisión de optar por la conciliación debe basarse en una evaluación estratégica de la situación particular, sopesando cuidadosamente las ventajas y los inconvenientes de utilizar este medio. En circunstancias donde exista un desequilibrio significativo de poder, las cuestiones legales sean muy complejas, o se duden las intenciones de una de las partes, buscar asesoramiento legal independiente se vuelve muy recomendable para proteger los derechos y garantizar la validez y la ejecutabilidad del acuerdo alcanzado.
En un panorama legal que fomenta activamente, y en algunos casos exige, la resolución alternativa de disputas, la conciliación representa una vía eficiente y satisfactoria para la gestión de conflictos, siempre y cuando se utilice de manera informada y consciente de sus particularidades.