
En 30 segundos
¿Estás atrapado en una tarjeta revolving? ¿Pagas tu cuota cada mes y la deuda nunca baja?
Pues agárrate, porque esta historia te interesa.
Es la historia de D.ª Benita, una afectada que firmó una tarjeta con Oney Servicios Financieros EFC S.A.U. y acabó en una batalla legal que ha llegado hasta el final.
¿La buena noticia? D.ª Benita ha ganado. Y lo ha hecho en la instancia más alta.
Hoy analizamos la Sentencia n.º 154/2025, de 30 de enero de 2025, dictada por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (Id Cendoj: 28079119912025100004). Puedes consultar el texto completo de la sentencia aquí.
Esta sentencia es oro puro. Define por qué la mayoría de contratos revolving son nulos: no por la usura, sino por algo mucho más evidente: la absoluta y total falta de transparencia.
La batalla de D.ª Benita contra el gigante
D.ª Benita contrató la tarjeta el 24 de diciembre de 2018. Como todas, ofrecía varias formas de pago: a fin de mes (sin interés), pago aplazado (un préstamo normal) y la joya de la corona: la modalidad revolving con una TAE del 21,84%.
El mismo día que firmó, la usó. Días después, cayó en la trampa: eligió la modalidad revolving.
Un año después, harta de ver que la deuda no paraba de crecer, demandó a Oney. Sus argumentos fueron dos:
- Petición principal: usura. Dijo que el contrato era usurario y, por tanto, nulo.
- Petición secundaria: abusividad. Por si lo primero no colaba, pidió que se declarasen nulas las cláusulas de interés y la de comisión por impago (que era de 30 €) por ser abusivas y nada transparentes.
La defensa de Oney: “todo estaba claro”
Oney, como era de esperar, se defendió.
Cuando el caso llegó a la Audiencia Provincial (después de que Oney perdiera el primer round), su argumento fue el de siempre:
- Que sí dieron la información. Entregaron la “Información Normalizada Europea” (INE) y el contrato.
- Que las cláusulas eran “de fácil lectura y comprensión para un consumidor medio”.
- Y aquí viene lo mejor: que “no necesita especial ciencia, ni información” saber que si pagas cuotas bajas, tardas más en devolverlo y pagas más intereses.
Básicamente, le echaron la culpa a D.ª Benita por no entender algo que, según ellos, era de sentido común.
La decisión del Juzgado: primer round para Benita
El Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Oviedo le dio la razón…A medias.
- Rechazó la usura: dijo que la TAE del 21,84% no era “notablemente superior” al interés medio de la época (19,98%) y, por tanto, no había usura.
- ¡Pero aceptó la abusividad!. El juez declaró nula la cláusula de interés y la comisión por impago.
¿Por qué? Por falta de transparencia. El juez consideró que Oney no había cumplido con su “exhaustiva labor de información”, especialmente porque el contrato se firmó “fuera del establecimiento mercantil”. Oney fue condenada a devolver todo lo cobrado por esos conceptos.
El tropiezo: la Audiencia Provincial se traga el cuento de Oney
Oney no se quedó quieta. Aceptó que la comisión por impago de 30€ era nula, pero recurrió la nulidad del interés revolving.
Y la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Oviedo…Le dio la razón a Oney.
La Audiencia revocó la sentencia. Dijo que D.ª Benita sí tuvo tiempo de leer los papeles y que los ejemplos del contrato eran claros. Validó el argumento de Oney de que “no necesita especial ciencia” entender cómo funciona.
Para D.ª Benita, esto era un desastre. Pero no se rindió.
El K.O. final: el Tribunal Supremo destroza la sentencia de la Audiencia
D.ª Benita llevó el caso al Tribunal Supremo. Y aquí, el Pleno de la Sala Civil (los peces gordos) analizó el caso.
Y lo que hizo fue, literalmente, desmontar la sentencia de la Audiencia, pieza por pieza.
1. El error “patente” de la Audiencia
El Supremo empieza diciendo que la Audiencia Provincial cometió un “error patente” al valorar la prueba.
- La Audiencia dijo que Benita tuvo tiempo de leer la info antes de usar la tarjeta. El Supremo mira los papeles del propio banco y zanja: “Error. Los documentos demuestran que la tarjeta se usó el mismo día que se firmó el contrato y se recibió la información (INE)”. No hubo “debida antelación”.
- La Audiencia dijo que los ejemplos cubrían “todas las hipótesis”. El Supremo vuelve a mirar los papeles: “Error. Los ejemplos que le dieron eran de ‘pago aplazado’ (un préstamo normal), no de la modalidad revolving“.
Solo con esto, el Supremo anula la sentencia de la Audiencia y se pone a redactar la suya.
2. El juicio (de verdad) sobre la transparencia
El Supremo explica que la transparencia no es “solo gramatical”. La transparencia exige que el consumidor entienda el “funcionamiento concreto” y las “consecuencias económicas” antes de firmar.
Y en el revolving, el riesgo es brutal. El Supremo lo llama “efecto de bola de nieve” o el riesgo de convertir al cliente en un “deudor cautivo”.
¿Cumplió Oney?
- El momento: no. Entregaron la info el mismo día de la firma y el primer uso . La ley exige que sea “con la debida antelación”. Fracaso número uno.
- El contenido: no. No basta con poner la TAE. Oney debió explicar los riesgos específicos del revolving: la escasa amortización de capital si pagas cuotas bajas, cómo se “recompone” el crédito y el peligro del anatocismo (intereses sobre intereses). Encima, los ejemplos que dieron eran de otro producto. Fracaso número dos.
3. La decisión: es abusiva
El Supremo concluye que esta falta de transparencia no es inofensiva. Provoca un “grave desequilibrio”.
D.ª Benita no podía comparar la oferta ni entender que se estaba metiendo en un contrato que podía llevarla a ser una “deudora cautiva”.
El Supremo remata diciendo que usar nombres como “cuota fácil” (el nombre que usaba Oney) oculta esos riesgos e incita a la contratación.
Por tanto, la cláusula que fija el interés es abusiva.
Conclusión
El Tribunal Supremo estima el recurso de D.ª Benita , anula la sentencia de la Audiencia Provincial y desestima el recurso de apelación de Oney.
En resumen: se confirma la sentencia original del Juzgado.
Oney Servicios Financieros fracasó estrepitosamente en su deber de informar. Ocultó el verdadero riesgo del producto: el “efecto bola de nieve”. Gracias a la lucha de D.ª Benita, el contrato queda limpio de intereses y Oney deberá devolver todo lo pagado que exceda del capital prestado, tal y como dijo el primer juez.
Una victoria total que demuestra que, aunque el camino sea largo, se puede ganar.
Si quieres saber si tu contrato es uno de ellos y cómo empezar a recuperar tu dinero, el siguiente paso es leer este artículo: Nulidad de tarjeta revolving: que el banco te pague bien.



