
En 30 segundos
Analizamos la sentencia n.º 154/2026 de 14 de mayo de 2026, dictada por la Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid (Id Cendoj: 28079370212026100100).
Este asunto va de algo que, en los contratos de alquiler, pasa constantemente.
Unos inquilinos se van de la casa antes de tiempo, mandan un triste correo electrónico y no cumplen con el mes de preaviso que manda la ley.
Los propietarios, enfadados, ven la oportunidad de llevarlos a juicio para sacarles una indemnización de miles de euros.
Esta sentencia es fundamental para propietarios e inquilinos porque aclara que irse sin preavisar no anula el derecho a irse, y delimita cuánto te va a costar la broma.
El origen del conflicto
En septiembre de 2020, Maite, Paulino y Juan Carlos alquilaron una vivienda en Soto del Real, a Marina y a Simón.
Era un alquiler con opción a compra y una renta de 625 euros al mes.
En el contrato, como es habitual, dejaron claro que estaba prohibido subarrendar la casa a otras personas. Todo iba normal hasta que, justo un año después, en septiembre de 2021, Marina y Simón envían un correo electrónico diciendo que recogen sus cosas y se van. Desisten del contrato.
El problema es que lo hicieron de un día para otro, saltándose el mes de preaviso que marca la ley.
Los propietarios que demandaron
Maite, Paulino y Juan Carlos no se tomaron nada bien las prisas de sus inquilinos.
Acudieron al Juzgado con el cuchillo entre los dientes. Su argumento principal era que querían que el juez declarase “resuelto” (terminado) el contrato por culpa de los inquilinos, alegando múltiples incumplimientos.
Decían que Marina y Simón habían subarrendado habitaciones a escondidas y, además, reclamaban una indemnización de 15.000 euros alegando que el desistimiento no era válido por no haber cumplido con el plazo de preaviso de 30 días.
Su pretensión se basaba en castigar los incumplimientos contractuales bajo la normativa general de obligaciones.
Los inquilinos a los que llevaron al Juzgado
Marina y Simón se encontraron con una demanda pidiéndoles una fortuna.
Su defensa fue sencilla y directa: nosotros nos fuimos utilizando el derecho que nos da el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Este artículo permite al inquilino irse a partir del sexto mes de contrato.
Ellos argumentaron que, si ya habían usado su derecho a desistir y terminar el contrato mediante aquel correo electrónico, los propietarios no podían venir ahora pidiendo que se resolviera un contrato que, a efectos prácticos, ya no existía.
Lo que decidió el Tribunal
El Tribunal le dio un buen baño de realidad a los propietarios y casi toda la razón a los inquilinos.
Los magistrados explicaron que el desistimiento basado en el artículo 11 de la LAU es totalmente válido y eficaz, aunque te saltes el preaviso.
El castigo por no avisar con 30 días de antelación no es que el desistimiento se anule ni que tengas que pagar 15.000 euros.
El castigo es, simplemente, indemnizar con el equivalente a ese tiempo que no has preavisado. En este caso: 625 euros, un mes de renta.
La frase que mejor resume el varapalo a los propietarios es: “ya no cabe que los arrendadores pretendan resolver un contrato de arrendamiento ya resuelto por desistimiento de los arrendatarios”.
Además, el tribunal tumbó las “pruebas” de los propietarios sobre los subarriendos.
Habían llevado un papel escrito a mano por una mujer y a la esposa de Paulino como testigo.
El juez les dijo que un papel manuscrito no tiene valor porque no permite hacer preguntas en el juicio, y que el testimonio de una esposa no tiene fuerza probatoria.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Si eres propietario y tu inquilino te manda un correo diciendo que se va mañana, respira hondo.
El contrato se ha terminado. No intentes ir a juicio a “resolverlo” pidiendo indemnizaciones millonarias porque vas a perder y pagarás las costas.
Lo que debes hacer es reclamarle los días de falta de preaviso y los desperfectos, nada más.
Y por favor, si vas a ir a juicio, lleva pruebas de verdad. Un papel escrito a mano de un vecino que no quiere ir al juzgado no sirve para hacer Justicia.
Si eres inquilino, ten claro que a partir del sexto mes te puedes ir.
Pero avisa con 30 días de antelación. Si te entra la prisa y te vas de un día para otro, seguramente tu contrato incluye algún tipo de indemnización.
Conclusión
Si tienes un inquilino que ha salido huyendo o si eres un inquilino al que le están reclamando cantidades absurdas por marcharse antes de tiempo, no te tires a la piscina sin mirar si hay agua. Podemos ayudarte con eso.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes (y respuestas que no te van a gustar si buscas milagros)
1. ¿Me puedo ir del piso de alquiler cuando me dé la gana?
Cuando te dé la gana, no. Cuando pasen seis meses desde que firmaste el contrato, sí. A partir de ese sexto mes, la Ley de Arrendamientos Urbanos te permite hacer las maletas. Pero ojo, tienes que avisar con 30 días de antelación. Si te entra la prisa y te vas de un día para otro, el casero te va a cobrar ese mes de preaviso que te has saltado.
2. Soy propietario, ¿puedo pedir una indemnización gigante si se van sin avisar?
Poder, puedes pedir la luna, otra cosa es que el juez te la dé. Ya has visto en este artículo lo que pasa. Si el inquilino se va sin avisar, tienes derecho a cobrarle los días de preaviso incumplidos (normalmente un mes de renta). Si intentas ir de listo pidiendo miles de euros por daños morales o por “incumplimiento de contrato”, te van a tumbar la demanda y acabarás pagando los honorarios del abogado del inquilino.
3. ¿Cuánto cuesta que me miren los papeles?
60 €.
4. He visto abogados que dan la primera consulta gratis, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Buena pregunta. Ve a los de gratis. En serio, hazlo. Siéntate en su despacho. Te dirán a todo que sí, te dorarán la píldora y antes de que te des cuenta tendrás delante un presupuesto para ir a juicio que te costará un dineral. Y a lo mejor, ni tenías caso. Nosotros cobramos 60 € por estudiar tus papeles y decirte la verdad. Si no hay caso, te vas a casa con 60 € menos, pero con miles de euros ahorrados. Si superas la prueba gratuita y quieres a alguien que no te venda humo para meterte en un pleito inútil, escríbenos.




