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Analizamos la Sentencia n.º 349/2022, de 8 de julio, dictada por la Sección 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona, Id Cendoj: 08019370132022100311 (puede descargar aquí la sentencia):
La Audiencia Provincial de Barcelona revisa un caso de reclamación de cantidad por la retención de una fianza en un contrato de arrendamiento. La arrendataria recurre la sentencia de primera instancia que desestimó su demanda. El tribunal analiza los conceptos de la retención y determina que algunos son justificados y otros no, por lo que estima parcialmente el recurso.
La postura de la parte demandante
La arrendataria reclama la devolución de parte de la fianza retenida por el arrendador al finalizar el contrato. Alega que la retención es injustificada y que el arrendador se ha enriquecido injustamente. Solicita la devolución de la cantidad retenida más los intereses legales.
La postura de la parte demandada
El arrendador justifica la retención de la fianza alegando que la vivienda fue devuelta con daños. Aporta un informe pericial y facturas que respaldan el importe retenido. Sostiene que la retención es legítima y que ya ha devuelto a la arrendataria la parte correspondiente.
La decisión judicial
La Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso de la arrendataria. Analiza cada concepto de la retención y determina que algunos, como la reparación de la caldera y la pintura, no son imputables a la arrendataria. Ordena al arrendador devolver la parte de la fianza retenida injustificadamente, más los intereses legales.
Normativa y jurisprudencia aplicada
Artículos citados
- Artículos 1.562, 1.563, 1.555.2º y 1.554.1 del Código Civil
- Artículo 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)
Sentencias citadas
- No se mencionan sentencias específicas, la decisión judicial se basa en la interpretación de la normativa y en el criterio de la propia Sección de la Audiencia Provincial.