
En 30 segundos
Vas a leer una guía directa para reclamar los gastos del préstamo. Sin rodeos.
Este texto es para ti, que firmaste un préstamo y el banco te obligó a pagarlo todo: Notaría, Registro, Gestoría, Tasación…
Y también es para ti, compañero abogado, que estás preparando una demanda y quieres contrastar el iter procesal.
Queremos ayudar. A todos.
Pero tenemos un “problema”: nuestro trabajo es estar en el juzgado, no pegados al teléfono. Si llamas, es muy posible que no podamos atenderte. Aún no.
Por eso hemos escrito esto.
Lee este artículo ANTES de enviarnos un email.
Si lo haces, entenderás el proceso. Y si después nos escribes, iremos directos al grano.
El motivo es sencillo: si ayudamos a los afectados (dándoles información clara) y ayudamos a otros abogados (compartiendo el proceso), terminaremos ayudando a más personas.
Aquí va la verdad sobre cómo es el procedimiento judicial para recuperar los gastos del préstamo.
El arsenal: los papeles que necesitas para la batalla
No puedes ir a la guerra sin munición. En el juzgado, la munición son los papeles.
El banco sabe que muchos afectados tiran la toalla solo por el esfuerzo de buscar estos documentos. No seas uno de ellos. Si quieres reclamar, esto no es negociable.
Necesitas tener preparado lo siguiente:
- La escritura del préstamo hipotecario. Es el contrato. Si no la tienes, pídela en la Notaría donde firmaste.
- Las facturas. Esto es clave. Necesitas las facturas que demuestren lo que pagaste. Hablamos de:
- Factura de la Notaría (por la escritura del préstamo).
- Factura del Registro de la Propiedad (por la inscripción de la hipoteca).
- Factura de la Gestoría (la que impuso el banco, si la hubo).
- Factura de la Tasación (si la pagaste tú y fue una condición del banco).
- El intento de solución extrajudicial. Antes de demandar, hay que demostrar que has intentado arreglarlo por las buenas. Esto es la reclamación formal que enviaste al Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco. En este artículo explicamos cómo hacerla.
- La contestación (denegatoria) del banco. La carta donde te dicen que no te devuelven nada. Si no te contestan, el silencio también vale como negativa.
El ring: así es la pelea en el juzgado
Aquí es donde la gente se pierde. Piensan que esto es rápido.
No lo es.
Vamos al grano: ¿cuánto dura esto? Depende del juzgado. Mucho.
De media, un procedimiento en primera instancia (el primer asalto) puede irse fácilmente de 8 meses a un año y medio. Sí, la justicia es lenta. Quien te diga que lo tiene en 1 mes, miente.
El proceso, simplificado, es este:
- La demanda. Tu abogado (con tu procurador) presenta la demanda. Aquí se explica por qué la cláusula es nula (abusiva) y se pide que te devuelvan el dinero (con intereses).
- La contestación del banco. El banco recibe la demanda y contesta. ¿Qué van a decir? Pues que la cláusula es maravillosa, que tú la entendiste perfectamente y que, además, la acción ya ha prescrito (han pasado muchos años). Esto último es su gran argumento ahora. Aunque también podrían “allanarse a la demanda”, que significa que están de acuerdo en pagar.
- ¿Hay juicio (vista)? En el 99% de los casos de gastos, NO. ¿Por qué? Porque todo es documental. Las facturas son las que son. El contrato es el que es. No hay testigos. El juez no necesita oír a nadie, solo leer los papeles.
- La sentencia. El juez dicta sentencia. Lo normal es ganar y que condenen al banco a pagarte lo que te debe más los intereses, y también a pagar las costas (los honorarios de tu abogado y procurador).
Dudas habituales que (casi) todo el mundo tiene:
- ¿Y si el banco recurre? Es una duda lógica. Si el banco pierde, puede recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial. ¿Suele hacerlo? No es lo habitual si la cantidad que te devuelven es pequeña (ej. 1.500 €). Al banco le cuesta más dinero el recurso que pagarte. Sin embargo, pueden hacerlo por pura estrategia de desgaste. Si recurren, súmale otros 12 a 18 meses de espera hasta la sentencia de la Audiencia.
- ¿Tengo que ir yo al juzgado? Como te dije, casi seguro que no. Tu procurador te representa y tu abogado te defiende. Tú solo esperas noticias.
- ¿Es seguro que gano? En derecho, “seguro” no existe. Pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la UE es sólida como una roca a favor del consumidor en este tema (siempre que el préstamo sea para la vivienda de un consumidor, nada de locales de negocio ni profesionales).
- ¿Tengo plazo para reclamar? (la pregunta del millón) El banco dirá que sí (que tenías 5 años). La realidad es más compleja. Gracias a Europa (TJUE), los tribunales españoles entienden que el plazo para reclamar una cláusula nula no puede empezar a contar hasta que el consumidor supo que era nula. Es un tema técnico, pero la puerta sigue muy abierta. No dejes que te digan “ya es tarde” sin consultar a un especialista.
Conclusión: elige bien. Elige un artesano, no a una fábrica.
Has llegado hasta aquí.
Enhorabuena. Ahora sabes más que el 90% de los afectados sobre este procedimiento.
La decisión final es elegir quién va a pelear por ti.
Y no, no tenemos por qué ser nosotros.
En serio. Tenemos la agenda llena de juicios. Lo que queremos es que ganes. Y para ganar, necesitas un buen abogado. Uno que sepa de derecho bancario. Uno que sea un “artesano” de las demandas.
Investiga. Lee lo que ese abogado escribe (como estás haciendo ahora). Busca noticias sobre él. Llama y pregunta quién llevará tu caso. Que conozcas a la persona que te defenderá, la que dará la cara por ti en el juzgado.
Desconfía de las grandes plataformas que son solo marketing.
Esas donde eres un número de expediente. Donde no sabes ni quién contesta al email. Donde te prometen el oro y, al final, se llevan un porcentaje altísimo (a veces más del 30%) de tu dinero (además del importe de las costas).
Elige bien. Elige con calma. Porque en esta pelea, tu abogado es tu única arma.
Si quieres que le echemos un ojo a tu caso, escríbenos a info@roda-abogados.com
Lo que escribas aquí lo leerá un abogado, no un comercial.



