En 30 segundos
El día de pago del alquiler. Para unos, un ingreso esperado. Para otros, una obligación que a veces se tuerce. ¿Pero qué pasa si el pago no llega? El texto que vamos a desgranar es el mapa del tesoro (o el campo de minas, según se mire) tanto para propietarios como para inquilinos en Canarias.
Para el propietario, es la guía para recuperar lo que es suyo: su dinero o su inmueble. Para el inquilino, es el manual de supervivencia para no quedarse en la calle por un error o un mal mes. Lo que aquí se cuenta define la delgada línea entre un simple retraso y un procedimiento de desahucio. Y créeme, conocer las reglas lo cambia todo.
Te interesa como propietario
Tu propiedad, tus reglas (las que marca la ley, claro).
Piensas que por un retraso de unos pocos días no puedes hacer nada. Que tienes que esperar, llamar, enviar un WhatsApp y armarte de paciencia. Error. La ley es tajante: un solo día de retraso en el pago de la renta es causa suficiente para que puedas iniciar un procedimiento de desahucio. No necesitas avisar previamente. Ni una llamada, ni un correo, ni nada. Podrías ir directamente al Juzgado.
Pero aquí viene el truco, el movimiento del jugador de ajedrez experto. Si quieres evitar que el inquilino te “toree” pagando en el último minuto en el juzgado y paralizando el desahucio (lo que se conoce como “enervación”), debes hacer algo antes. ¿El qué? Enviar un requerimiento de pago fehaciente (un burofax, con acuse de recibo y certificación de contenido es tu mejor amigo aquí). En ese burofax le das 30 días para pagar. Si no paga en ese plazo y luego presentas la demanda, el inquilino pierde su derecho a esa “última oportunidad”. No podrá frenar el desahucio pagando en el Juzgado.
Además, no solo puedes reclamar la renta. Puedes (y debes) reclamar los intereses, que se empiezan a contar desde que reclamas judicialmente o desde ese burofax previo. Y si tu contrato está bien hecho, puede incluir cláusulas que refuercen tu posición, como una penalización por impago (siempre que no sea abusiva).
Te interesa como inquilino
Tu casa es tu castillo, pero la renta es la muralla que lo protege.
¿Crees que “es que el banco no me ha pasado el recibo” es una excusa válida? Para un Juez, no lo es. La responsabilidad de que el dinero llegue a la cuenta del propietario es tuya y solo tuya. Debes ser proactivo y comprobar cada mes que el pago se ha realizado. Si la cuenta del propietario da problemas, no puedes quedarte de brazos cruzados. Tu obligación es buscar la manera de pagar, incluso depositando el dinero en el Juzgado (lo que se llama “consignación”) para demostrar tu voluntad de pago.
El pago, además, debe ser completo. Pagar solo una parte o no incluir la subida del IPC que te corresponde es, a efectos legales, un impago. Y puede acabar en desahucio.
Ahora, la buena noticia. Si es la primera vez que te demandan por impago y el propietario no te ha enviado ese burofax que comentábamos antes, tienes una bala de plata. Se llama “enervar el desahucio”. Significa que, en los 10 días siguientes a que te notifiquen la demanda, puedes pagar todo lo que debes (la deuda reclamada más las rentas que se hayan generado hasta ese momento) y el juicio se archiva. El contrato sigue vivo y tú en la vivienda. Pero ojo, esto es un comodín que solo puedes usar una vez.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Dejemos la teoría y vayamos al grano. ¿Qué deberías hacer tú, que vives o tienes una propiedad en nuestras islas?
Consejos para propietarios:
- El contrato es tu Biblia: no uses plantillas de internet. Invierte en un buen contrato redactado por un profesional. Incluye una cláusula clara sobre la fecha de pago (ej. “del 1 al 5 de cada mes”), cómo se pagará, y qué intereses se aplicarán en caso de demora. Si quieres dar un margen, puedes incluir una cláusula tipo: “El retraso de MÁS de un mes (…) será causa de desahucio”. Esto te da flexibilidad, pero sé consciente de que estás regalando un mes de plazo.
- El burofax es tu arma secreta: ante el primer impago serio, no esperes a que la deuda se haga una bola de nieve. Gasta un poco de dinero en un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. Reclama la cantidad exacta y advierte de que, si no paga en 30 días, no podrá enervar un futuro desahucio. Es la jugada más inteligente que puedes hacer.
Consejos para Inquilinos:
- Automatiza y verifica: pon una transferencia periódica en tu banco, pero no te olvides. Cada mes, a día 6 o 7, comprueba en tu cuenta que el pago ha salido correctamente. Guarda los justificantes.
- La comunicación es clave (y por escrito): ¿problemas para pagar este mes? Habla con el propietario antes de la fecha de pago. Intenta llegar a un acuerdo y, si lo consigues, ponedlo por escrito (un email o WhatsApp puede servir). Si el problema es de su cuenta bancaria, notifícaselo inmediatamente por un medio que deje constancia y pregúntale por un método alternativo.
- Entiende tu “última oportunidad”: si te llega una demanda del juzgado, no la ignores. Tienes un plazo muy corto (10 días) para usar tu derecho a enervar. Contacta con un abogado inmediatamente para que te guíe y no pierdas esa única oportunidad de salvar tu contrato.
Conclusión
El impago del alquiler no es un juego de niños. Es un procedimiento con unas reglas muy claras donde un pequeño error, una notificación mal hecha o un plazo que se pasa, puede hacer que uno pierda su casa y el otro pierda meses de renta y la posesión de su propiedad. La mejor forma de ganar es no tener que jugar: un buen contrato y una comunicación fluida evitan el 90% de los problemas. Pero si la partida empieza, más vale conocer las reglas.
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