
En 30 segundos
Vamos a ser claros desde el principio.
En nuestro despacho vemos a diario el mismo error: propietarios e inquilinos que firman contratos de alquiler como quien acepta los términos de una aplicación móvil. Sin leer y cruzando los dedos.
Confían en que “como hay buen trato, no hace falta tanto papel”.
La realidad es que cuando surgen los problemas, el buen trato desaparece y solo queda lo escrito. Este texto es vital porque desmonta un mito peligroso: la ley no protege igual a una vivienda que a un local. Entender esa diferencia es lo único que separa un alquiler tranquilo de un procedimiento judicial costoso. Y un aviso: la estrategia del avestruz con las notificaciones no funciona.
Te interesa como propietario
Es probable que pienses: “Es mi propiedad, yo pongo las condiciones”.
Tenemos que decirte que no funciona así.
Si alquilas una vivienda habitual, la Ley de Arrendamientos Urbanos es un muro de contención. Puedes redactar cláusulas que obliguen al inquilino a renunciar a la prórroga o a asumir gastos indebidos. El inquilino puede incluso firmarlas.
Da igual. Son nulas. Un juez las borrará y te quedarás sin esa protección que creías tener. Y además tendrás que pagar el juicio.
Sin embargo, el escenario cambia radicalmente si alquilas un local comercial o una vivienda de lujo (lo que la ley llama “suntuaria”). Ahí sí tienes libertad de pacto. Y precisamente por eso, usar un modelo genérico de internet en estos casos es una imprudencia financiera. Estás perdiendo la oportunidad de blindar tu patrimonio legalmente.
Te interesa como inquilino
A menudo escuchamos a inquilinos convencidos de que el propietario siempre tiene la sartén por el mango.
No es cierto.
Si alquilas una vivienda para vivir, tienes un escudo legal muy potente. Tienes derecho a permanecer en la casa (las famosas prórrogas) aunque el propietario quiera recuperar la vivienda antes de tiempo, salvo excepciones muy tasadas.
Pero atención, porque hay matices que te pueden costar caros.
Si alquilas una casa de grandes dimensiones o renta muy alta, ese escudo desaparece y manda el contrato. Si firmas algo perjudicial, lo tendrás que cumplir.
Y algo fundamental sobre las notificaciones: ignorar un burofax o no ir a recogerlo a Correos es un error de cálculo grave. Los tribunales lo interpretan como mala fe y la demanda de desahucio seguirá su curso, pero contigo en clara desventaja.
Implicaciones prácticas para propietarios o inquilinos en Canarias
Tras años de experiencia en las islas, esto es lo que hay que tener grabado a fuego antes de firmar nada:
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La validez del email: hay que olvidar la burocracia antigua. Si en el contrato pactamos un email para notificaciones, lo que se envíe ahí es vinculante. Incluso el WhatsApp empieza a tener peso probatorio en los juzgados, aunque nosotros siempre recomendamos el burofax con certificación de texto y acuse de recibo, para evitar riesgos innecesarios.
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Ojo con el arbitraje: a veces se vende el arbitraje como una vía rápida y barata para evitar juicios. Cuidado. No todos los tribunales de arbitraje son imparciales. Hemos visto cláusulas que someten a las partes a entidades que claramente favorecen al propietario. Hay que revisar bien quién conocerá el caso.
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Local vs. vivienda: en un local de negocio no existe “papá Estado” protegiendo al inquilino. Si no se pacta por escrito una indemnización por clientela o el derecho de traspaso, no existen.
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Las renuncias: en vivienda, no es posible renunciar a derechos básicos. En locales, sí. Hay que tener esto muy claro antes de estampar la firma.
Conclusión
El derecho inmobiliario no va de recitar artículos de una ley. Va de proteger el patrimonio y la tranquilidad.
Va de dormir tranquilos sabiendo que, si el inquilino no paga, hay un plan trazado. O de saber que el propietario no puede echarte arbitrariamente.
Mi padre y yo llevamos toda la vida viendo cómo la gente se complica la vida por no asesorarse antes de firmar. Si quieres seguir jugando a la lotería con modelos descargados de internet, adelante.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com. Cuéntanos tu caso. O no. Lo que escribas aquí lo leerá un abogado, no un comercial. Si creemos que podemos ayudarte, te lo diremos. Si hay otros que te pueden ayudar mejor, te lo diremos. No nos gusta perder el tiempo ni hacérselo perder a los demás. La decisión es tuya.



