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Analizamos la sentencia n.º 187/2026 de 25 de marzo de 2026, dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Id Cendoj: 07040370042026100172).
Mucha gente cree que el papel lo aguanta todo y que hacer un nuevo contrato solo para actualizar la fecha es un trámite sin importancia. Esta sentencia demuestra por qué ese trámite puede regalarle años de alquiler a un inquilino y dejar a un propietario con la boca abierta frente al juez.
El origen del conflicto
El asunto arranca cuando los propietarios alquilan su vivienda a un inquilino en octubre de 2017.
Dos años más tarde, en octubre de 2019, deciden firmar un contrato nuevo. El texto era exactamente el mismo, una copia al carbón del anterior, con la misma renta y las mismas obligaciones, solo que con una fecha diferente.
Tiempo después, los dueños deciden que ya está bien, mandan un burofax avisando de que no renuevan más y le dicen al inquilino que haga las maletas. El inquilino se niega a irse.
Los propietarios que demandaron
Tomasa y Miguel, los dueños del inmueble, llevaron el caso al Juzgado exigiendo el desahucio por expiración del plazo.
Su argumento se basaba en el contrato original de 2017. Cuando el inquilino sacó a pasear el segundo contrato, los propietarios se defendieron diciendo que aquello de 2019 era solo una “novación modificativa”.
En idioma de la calle: un simple retoque que mantenía vivo el primer acuerdo. Y ojo, que en primera instancia el juez se lo compró y ordenó el desalojo del inquilino.
El inquilino al que llevaron al Juzgado
Casiano, el inquilino, no se rindió y recurrió.
Su defensa era la siguiente: el contrato de 2019 no era un mero anexo, era un contrato nuevo que sustituía al de 2017. Al firmarse en 2019, apelaba a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) vigente en ese momento, concretamente a su artículo 9, que garantiza al inquilino una duración mínima de cinco años, frente a los tres años de mínimo que exigía la ley cuando se firmó el primer contrato.
Lo que decidió el Tribunal
La Audiencia Provincial le dio la vuelta a la tortilla y desestimó la demanda, obligando a los propietarios a pagar las costas.
El Tribunal sentenció que el cambio de fecha era “esencial”. Al existir un cambio normativo entre 2017 y 2019, firmar un nuevo documento supuso una “novación extintiva”.
Es decir, el contrato viejo murió y nació uno nuevo con las reglas más protectoras de la nueva ley, por lo que al inquilino aún le quedaba tiempo legal para disfrutar del piso.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Si eres propietario en Canarias y quieres actualizar cosas con tu inquilino, mucho cuidado con firmar “contratos nuevos” descargados de internet como si fueran cromos.
Un paso en falso y te ves atado a la ley actual, regalando plazos de cinco a siete años sin darte cuenta.
Si eres inquilino, guarda como oro en paño el último documento firmado; puede ser tu billete para asegurar tu hogar durante varios años más. Los detalles importan, y mucho.
Si te han mandado un burofax pidiendo que te vayas, o si tienes un inquilino al que no sabes cómo notificarle el fin del contrato sin meter la pata, la solución no es buscar en Google.
Podemos echarle un ojo y decirte por dónde tirar.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas frecuentes que la gente se hace (y que tú también deberías hacerte) antes de firmar nada.
1. ¿No vale con tachar la fecha en el contrato viejo y poner la nueva y ya está?
Hazlo si quieres jugar a la ruleta rusa con tus ahorros. Tachar fechas o hacer anexos caseros es de aficionados. Los jueces desayunan contratos mal hechos todos los días y no tienen piedad con las chapuzas. Esto es importante, haz las cosas bien desde el principio.
2. Soy propietario y quiero subir el precio o cambiar una norma, ¿hago contrato nuevo?
Depende de lo que quieras conseguir. Como acabas de leer, hacer uno nuevo puede regalarle al inquilino años de prórroga obligatoria por el cambio de ley. Hay formas jurídicas de hacer anexos o “novaciones” sin pegarte un tiro en el pie, pero hay que saber redactarlas bien.
3. ¿Cuánto cuesta que me miren los papeles?
60 €.
4. He visto abogados que dan la primera consulta gratis, ¿por qué ustedes cobran 60 €?
Buena pregunta. Ve a los de gratis. En serio, hazlo. Siéntate en su despacho. Te dirán a todo que sí, te dorarán la píldora y antes de que te des cuenta tendrás delante un presupuesto para ir a juicio que te costará un dineral. Y a lo mejor, ni tenías caso. Nosotros cobramos 60 € por estudiar tus papeles y decirte la verdad. Si no hay caso, te vas a casa con 60 € menos, pero con miles de euros ahorrados. Si superas la prueba gratuita y quieres a alguien que no te venda humo para meterte en un pleito inútil, escríbenos.




