
En 30 segundos
Olvídate de tecnicismos aburridos un momento.
Lo que vas a leer hoy interesa a cualquiera que tenga (o sufra) un contrato de alquiler de esos “de toda la vida”, los de renta antigua. Hablamos de la posibilidad real de terminar un contrato indefinido si el dueño necesita la casa.
No es teoría, es lo que ha confirmado la sentencia n.º 16/2026 de 22 de enero de 2026, dictada por la Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona (Id Cendoj: 08019370042026100008). Si eres propietario en Canarias y crees que no puedes recuperar tu casa, lee esto. Si eres inquilino y crees que tu contrato es eterno, lee esto también.
El origen del conflicto
Año 1975. Se firma un contrato de alquiler en Barcelona. Pasan las décadas.
Hoy, la propietaria es Azucena. El inquilino es Basilio. Todo iba “bien” (para el inquilino, que seguramente pagaba una renta baja) hasta que Azucena le manda un burofax: “Oye, necesito mi casa. Tienes que irte”. Azucena no lo hacía por gusto. Ella estaba viviendo en otra casa, propiedad de su prima Ángela, pero sin pagar alquiler ni tener contrato (lo que llamamos ser “precarista”). Su prima se cansó y le dijo que se fuera. Así que Azucena se vio en la calle y con una casa propia ocupada por Basilio.
La propietaria que demandó (Azucena)
Azucena, con más de 70 años y una pensión ajustada, hizo lo que tenía que hacer: demandar. Su argumento era sólido como una roca, aunque a veces los jueces sean impredecibles. Se basó en el artículo 62.1º de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. Esta ley, que es la que aplica a los contratos viejos, dice básicamente que el inquilino tiene derecho a quedarse para siempre (prórroga forzosa) A MENOS QUE el dueño la necesite para sí mismo. Azucena dijo: “Mi prima me echa de su casa. No tengo dónde ir. Tengo una casa que es mía. La necesito.”. No pedía lujos, pedía techo.
El inquilino al que llevaron al Juzgado (Basilio)
Basilio, lógicamente, no quería moverse. Llevaba ahí desde 1975. ¿Su defensa? El ataque.
Argumentó que todo era un teatro. Dijo que Azucena y su prima Ángela estaban compinchadas para echarle. Alegó que no había “necesidad real”, que Azucena tenía dinero para irse a otro sitio y que él tenía un hijo con discapacidad a cargo (aunque luego se demostró que sus hijos eran independientes). Básicamente, Basilio vino a decir: “Usted no está viviendo debajo de un puente, así que no necesita mi piso”.
Lo que decidió el Tribunal
Aquí viene lo bueno. La Audiencia Provincial le dio la razón a Azucena y confirmó el desahucio de Basilio.
El Tribunal fue clarísimo con el concepto de “necesidad”. Dijo algo que deberías tatuarte si tienes inmuebles: necesidad no significa estar en la indigencia. El Tribunal explicó que vivir en casa ajena (de prestado o alquilado) es causa suficiente de necesidad.
Literalmente dijeron: “El solo hecho de vivir en casa ajena puede ser considerado muy razonablemente como causa de necesidad y no mera conveniencia”. No importa si Basilio lleva 50 años ahí. Si la dueña necesita el piso para vivir, el derecho de la dueña gana. Azucena recupera su casa. Basilio tiene que irse.
Implicaciones prácticas para propietarios e inquilinos en Canarias
Aunque la sentencia sea de Barcelona, la Ley de 1964 es nacional. Esto aplica igual en Las Palmas, en Tenerife o en Lanzarote.
- Si eres propietario: si tienes un contrato de renta antigua y estás viviendo de alquiler o en casa de un familiar, tienes una carta ganadora. No tienes que esperar a estar en la calle. El deseo de vida independiente y de recuperar lo tuyo es válido. Pero ojo, tienes que probarlo bien, no vale inventárselo.
- Si eres inquilino: tener un contrato de renta antigua es un tesoro, pero no es un escudo antibalas. Si el propietario demuestra que necesita la casa para él (o para sus hijos), te pueden sacar. Y no, no importa si el propietario tiene dinero. Importa si tiene necesidad de vivienda.
Conclusión
Las leyes de arrendamientos son un campo de minas. Un paso en falso y te explota una demanda en la cara o pierdes tu propiedad por décadas.
En Roda Abogados llevamos años (muchos) lidiando con esto. Mi padre ya peleaba estos contratos cuando se hacían con máquinas de escribir. Si tienes un lío con un alquiler, sea viejo o nuevo, escríbenos. No hacemos magia, pero sabemos leyes.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com.
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de este análisis. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas que seguramente te estás haciendo (y la verdad sin filtros)
1. Mi contrato es de 2018, ¿puedo echar a mi inquilino diciendo que necesito el piso?
Poder, puedes intentarlo, pero no con esta sentencia en la mano. Lo que acabas de leer aplica a la Ley de 1964 (renta antigua). Para los contratos modernos (post-1995) la película cambia: solo puedes hacerlo si lo pusiste expresamente en el contrato al firmar. Si no está escrito, te comes el contrato hasta que cumpla los 5 o 7 años. No mezcles churras con merinas.
2. ¿Qué se considera exactamente ‘necesidad’? ¿Tengo que estar arruinado?
No. Y menos mal. El Tribunal Supremo y las Audiencias (como ves en esta sentencia) dicen que “necesidad” es lo opuesto a “superfluo”. Si vives de prestado en casa de tu suegra, tienes necesidad. Si vives de alquiler pagando una pasta y tienes un piso propio, tienes necesidad. No hace falta que duermas en un cajero automático para recuperar tu casa. Es querer vivir en lo tuyo, no un capricho.
3. ¿Cuánto me cuesta que le echen un ojo a los papeles?
60 €.
4. He visto abogados que ofrecen la primera consulta gratis. ¿Por qué ustedes no?
Ve con ellos. De verdad. Te explico cómo funciona el truco de la “consulta gratis”: entras, te sueltan dos generalidades que podrías haber leído en Google, te asustan un poco con “lo complicado que es tu caso” y te ponen delante una hoja de encargo de 2.000 € antes de que te des cuenta. Su negocio es captarte, no informarte. Si vas, logras que te den una solución real y sales de ahí sin firmar nada y sin pagar un euro, ven y te invitamos a un café. Si prefieres que analicemos tu caso en serio desde el minuto uno sin intentar venderte la moto, escríbenos.



