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Analizamos la sentencia n.º 349/2015, de 27 de octubre, dictada por la Sección 21 de la Audiencia Provincial de Madrid (Id Cendoj: 28079370212015100361). Puede descargar aquí la sentencia.
La empresa inquilina demandó a los propietarios del local que alquilaba por daños y perjuicios derivados del mal estado del inmueble, incluyendo humedades y problemas eléctricos. Los propietarios negaron su responsabilidad, argumentando que algunas reparaciones eran responsabilidad del arrendatario. El tribunal falló a favor de la empresa, ordenando a los propietarios realizar las reparaciones necesarias y a pagar una indemnización.
La postura de la parte demandante
La arrendataria alegó que las humedades y los problemas eléctricos afectaban su capacidad para operar su taller de manera efectiva.
Argumentaron que los propietarios eran responsables de realizar las reparaciones necesarias para mantener el local en condiciones adecuadas para su uso.
Reclamaron una indemnización por los daños causados a sus equipos y la pérdida de ingresos debido a la inutilización de la cabina de pintura.
La postura de la parte demandada
Los propietarios negaron su responsabilidad por las reparaciones, argumentando que algunas eran responsabilidad del arrendatario según el contrato de alquiler.
Afirmaron que el estado del local era “bueno” y que no tenían que reparar los problemas eléctricos.
Cuestionaron la validez de las facturas presentadas por la empresa y la relación entre las empresas que las emitieron y la empresa inquilina.
La decisión judicial
El tribunal falló a favor de la arrendataria, confirmando la sentencia de primera instancia.
Condenó a los propietarios realizar las reparaciones necesarias para garantizar la habitabilidad del local, incluyendo la reparación de humedades y la actualización de la instalación eléctrica.
Los propietarios también tuvieron que abonar una indemnización de 87.964,95 euros por los daños y perjuicios sufridos por la empresa.
Normativa y jurisprudencia aplicada
Artículos citados
Artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Artículo 31 de la LAU.
Artículos 1563 y 1564 del Código Civil.
Artículos 398 y 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LECv).
Artículo 469 de la LECv.
Disposición Final Decimosexta de la LECv.
Artículos 1563, 1564 y 1902 del Código Civil.
Sentencias citadas
No se mencionan sentencias específicas en el texto. La decisión se basa en la interpretación de la normativa aplicable y la valoración de la prueba presentada.