En 30 segundos
La vida da muchas vueltas. Un mes estás tranquilo y al siguiente, una avería del coche o un gasto inesperado te descuadra el presupuesto. Si a eso le sumas el precio del alquiler en Canarias, la cosa se complica.
Para el que paga, llegar a fin de mes es una odisea. Para el que cobra, la incertidumbre de si ese pago llegará es un dolor de cabeza constante.
Precisamente por eso, el Estado ha creado una serie de ayudas. Y no, no son solo para personas en situaciones extremas. Quizás tú, que estás leyendo esto, podrías beneficiarte de ellas. O si eres propietario, quizás tu inquilino podría, lo que para ti se traduce en una palabra mágica: seguridad. Este texto es un mapa para que sepas por dónde pisas, sin líos ni lenguaje para abogados.
Te interesa como propietario
Déjame adivinar. Tú lo que quieres es alquilar tu propiedad y tener la tranquilidad de que vas a cobrar la renta cada mes. Sin excusas, sin retrasos y sin tener que empezar un proceso que te quite el sueño y el dinero.
Pues bien, que tu inquilino pueda acceder a una de estas ayudas es la mejor noticia que podrías recibir.
Piensa en ello como si el Estado se convirtiera en una especie de avalista silencioso. No es que te vayan a pagar a ti directamente, pero se intentan asegurar de que tu inquilino tenga el músculo financiero para cumplir con su parte del trato. Un inquilino con una ayuda aprobada es un inquilino que muy probablemente pagará al día.
Y no solo eso. Existe una ayuda específica para “vulnerabilidad sobrevenida”. Esto, en cristiano, significa que si tienes un inquilino ejemplar que, de la noche a la mañana, pierde el trabajo o sufre un revés económico, esta ayuda puede cubrirle hasta el 100% de la renta durante un tiempo. Para ti, esto significa evitar un impago, un posible desahucio y el calvario de encontrar a otro inquilino. Es un salvavidas para él y un seguro para ti.
Te interesa como inquilino
El alquiler se come una parte enorme de tu sueldo. Lo sabes tú y lo sé yo. Pero puede que tengas una ayuda esperándote y no lo sepas. La normativa establece principalmente tres tipos de “chalecos salvavidas”:
- El bono alquiler joven: es la ayuda estrella si tienes entre 18 y 35 años. Consiste en un pago fijo de 250 euros al mes para ayudarte con la renta. Tiene sus propios requisitos, puedes encontrar más información aquí: https://www.gobiernodecanarias.org/vivienda/
- La ayuda general: si los ingresos en tu casa son modestos (por debajo de un límite que fija un indicador llamado IPREM), el Estado te abona el 50% de tu alquiler. Sí, la mitad. Para alquileres de hasta 600 € (o incluso 900 € en zonas con precios muy altos), esta ayuda puede ser el oxígeno que necesitas para respirar tranquilo. Puedes encontrar más información aquí: https://www.mivau.gob.es/arquitectura-vivienda-y-suelo/programas-de-ayudas-a-la-vivienda/programa-de-ayudas-al-alquiler-de-vivienda
- La ayuda “SOS”: A veces, la vida golpea sin avisar. Una enfermedad, un despido… Si tus ingresos caen en picado y de repente más del 40% de lo que ganas se va en pagar el techo que te cobija, puedes solicitar esta ayuda de emergencia. Y es potente: puede llegar a cubrir el 100% de tu alquiler y hasta 200 € de gastos de comunidad y suministros. Es una medida pensada para que un mal bache no te deje en la calle. Puedes encontrar más información aquí: https://www.mivau.gob.es/vivienda/plan-estatal-de-vivienda/plan-2022-2025/programas
Implicaciones prácticas para propietarios o inquilinos en Canarias
Muy bien, esto suena genial en el papel, pero ¿cómo se come en Canarias?
Tanto si eres propietario como inquilino, lo primero que debes saber es que estas ayudas, aunque vienen de una ley estatal, las gestiona el Gobierno de Canarias, normalmente a través del Instituto Canario de la Vivienda.
Para ti, inquilino:
- Vigila el IPREM: el famoso “IPREM” es la vara de medir para la ayuda general. Para que te hagas una idea, con el IPREM actual, el límite general de 3 veces el IPREM significa que los ingresos brutos anuales de todos los que viven en la casa no pueden superar los 25.200 €. Esta es la cifra que se mira en la declaración de la Renta, no tu nómina mensual.
- Estate atento a las “convocatorias”: el Gobierno de Canarias no tiene la ventanilla abierta todo el año. Publica unas fechas concretas para solicitar cada tipo de ayuda (el Bono Joven tiene la suya, y la ayuda general, otra). Búscalas en la web del Instituto Canario de la Vivienda o en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Si te resulta complicado, acude directamente al Instituto Canario de la Vivienda, ¡las plazas suelen volar!
- Prepara tu papeleo: te pedirán el contrato de alquiler, el volante de empadronamiento (para demostrar que es tu vivienda habitual), tu última declaración de la Renta y otros documentos para acreditar tus ingresos. Sé previsor.
Para ti, propietario:
- Colabora: si tu inquilino te pide una copia del contrato o el justificante del depósito de la fianza en el Instituto Canario de la Vivienda, facilítaselo. Su éxito es tu tranquilidad.
- Informa: si ves que un buen inquilino (sobre todo si es joven) empieza a tener problemas para pagar, hablarle de estas ayudas puede ser la mejor solución para ambos antes de que la deuda crezca.
- El contrato no cambia: que tu inquilino reciba una ayuda no altera en nada las cláusulas de vuestro contrato. Sigue siendo el documento que manda.
Conclusión
Moverse en el mundo del alquiler puede parecer un campo de minas. Pero como ves, existen herramientas diseñadas para hacer el camino más fácil. Además de estas ayudas, ten presente que la Ley de Vivienda de 2023 introduce cambios importantes sobre los contratos, las prórrogas y los límites a las subidas de precio que te afectan directamente. El panorama legal está en constante cambio.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com. Cuéntanos tu caso. O no. Lo que escribas aquí lo leerá un abogado, no un comercial. Si creemos que podemos ayudarte, te lo diremos. Si hay otros que te pueden ayudar mejor, te lo diremos. No nos gusta perder el tiempo ni hacérselo perder a los demás. La decisión es tuya.