
En 30 segundos
Si tu inquilino ha dejado de pagar, tienes un problema, pero tiene solución.
Vamos a traducir el artículo 27 de la LAU (el que dice que si no pagan, se van) al lenguaje de la calle.
Sin togas, sin latines y con los pies en la tierra de Canarias. Mi padre y yo vemos esto a diario: el miedo se quita con información y una buena demanda.
La pregunta rápida: ¿puedo echarlo ya?
La respuesta corta es: sí, pero no por tu cuenta. Si dejas de pagar la luz o cambias la cerradura, el que termina en el calabozo eres tú. La ley dice que el impago de una sola mensualidad ya te da derecho a resolver el contrato.
En la práctica, nosotros recomendamos esperar al segundo mes, pero el derecho lo tienes desde el día uno. El proceso tarda meses o años, no semanas, así que, cuanto antes empieces, antes recuperas las llaves.
El famoso artículo 27 de la LAU (el “botón del pánico”)
El artículo 27 es el corazón de los problemas. Básicamente dice que si una de las partes no cumple, la otra puede mandar el contrato a la basura.
Para un propietario, el punto estrella es el impago de la renta. Pero ojo, no solo es el alquiler. También cuenta si no pagan la luz, el agua o la comunidad si así se pactó. Mi padre siempre dice: “contrato firmado, contrato sagrado”. Si no hay dinero sobre la mesa, el derecho de uso desaparece.
El proceso real: lo que pasará en el juzgado
No te imagines un juicio de película americana. Esto es papel, sellos y plazos. Presentamos la demanda. El juzgado la admite (esto puede tardar un poco, los juzgados en Canarias están saturados, para qué mentirte).
Una vez admitida, se le notifica al inquilino. Tiene 10 días para pagar, irse o presentar oposición. Si no hace nada, el juez (o en este caso, el letrado de la administración de justicia) firma el desahucio directamente. Sin juicio. Directo al grano. Es lo que llamamos “desahucio express”, aunque de express (a veces) solo tiene el nombre.
¿Qué es la enervación? (o “la bala de plata” del inquilino)
Aquí es donde muchos propietarios se asustan. La ley permite al inquilino pagar todo lo que debe en esos 10 días y quedarse en la casa. Pero solo puede hacerlo una vez. Es como una vida extra en un videojuego.
Si paga, el proceso se acaba y sigue viviendo allí. Si vuelve a dejar de pagar meses después, ya no hay salvación posible. Directo a la calle. Nosotros nos encargamos de que esa “bala” se use bien o de intentar evitarla enviando un burofax previo (si haces bien esto, ya no cabe enervación).
Plazos realistas: no te creas los anuncios de 15 días
En el despacho somos claros: recuperar una vivienda puede tardar entre 6 y 10 meses. Depende de lo rápido que sea el juzgado de tu zona (no es lo mismo Las Palmas que un juzgado de pueblo), y de si el inquilino es declarado vulnerable o no.
Quien te prometa recuperar la casa en un mes te está mintiendo o va a hacer algo ilegal que te traerá problemas penales. Mi padre y yo preferimos que duermas tranquilo y hacer las cosas bien, aunque tardes un poco más en volver a entrar en tu piso.
¿Y si el inquilino dice que es vulnerable?
Este es el gran miedo actual. Con las últimas reformas, si el inquilino demuestra vulnerabilidad económica, el lanzamiento se puede suspender.
No es el fin del mundo. Es un bache. Nosotros peleamos para demostrar que tú también tienes necesidades o que el inquilino no es tan vulnerable como dice. La clave está en la prueba.
Conclusión
El impago no es una batalla perdida, es un trámite que hay que gestionar con cabeza fría. No te pelees por WhatsApp, no grites. No te enfades. Demanda. Es la única forma legal y efectiva de recuperar lo tuyo.
Si quieres que analicemos tu caso escríbenos y lo vemos.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com
Si estamos hasta arriba de trabajo, te diremos quién podría echarte una mano.
¿Quién está detrás de este artículo?
Andrés Roda es el abogado responsable de esta publicación. Si quieres saber en manos de quién estás, conoce su trayectoria o revisa los casos de éxito y repercusión mediática que avalan su experiencia.
Preguntas que te haces mientras miras el techo por la noche
1. ¿Puedo entrar en mi casa si veo que el inquilino se ha ido pero no me ha dado las llaves?
Ni se te ocurra. Da igual que la casa parezca vacía. Si entras sin su permiso o sin un acta judicial, te pueden denunciar por allanamiento de morada. Y créeme, el juez no tendrá piedad. Espera al lanzamiento oficial. Lo que diga el papel del juzgado va a misa.
2. ¿Realmente compensa demandar si el inquilino no tiene ni un duro?
Compensa por una razón: recuperar la posesión. Si esperas a que el inquilino “tenga dinero”, tu casa seguirá ocupada y la deuda creciendo. La demanda de desahucio tiene un objetivo: recuperar tu casa. Lo primero siempre es recuperar las llaves.
3. Vale, ¿cuánto cuesta la consulta?
60 €.
4. ¿Por qué cobran 60 € por una consulta?
Porque nuestro tiempo, como el tuyo, vale dinero. 60 € es lo que te gastas en una cena que te va a dar acidez o en dos rondas de copas en cualquier terraza de Las Canteras.
Aquí, por el precio de una cena, te llevas la hoja de ruta real para recuperar un activo que vale cientos de miles de euros. Tú decides qué te sale más caro: los 60 € o seguir perdiendo meses de alquiler por no saber qué paso dar.



