
En 30 segundos
El lenguaje jurídico es una barrera. Lo sabemos. Por eso, en Roda Abogados hemos decidido hacer algo nuevo: vamos a coger la Ley de Arrendamientos Urbanos (la Biblia del alquiler) y la vamos a “traducir”.
Desde el Preámbulo hasta la última Disposición.
Semana a semana.
Esto es para ti, si eres propietario, inquilino o estudiante.
O si eres compañero abogado o juez (sí, sabemos que tú también andas por aquí, Señoría), quédate.
Vamos a quitarle el latín a la ley.
Empezamos
El otro día mi padre y yo estábamos comentando un asunto en el despacho.
Llevamos años trabajando juntos. Él tiene la experiencia de las trincheras y yo, algo de creatividad para cambiar algunas cosas.
Pero hay algo que vemos siempre y que no cambia.
El miedo.
La gente entra por la puerta con un contrato de alquiler o una notificación del juzgado en la mano, y tienen miedo.
No es miedo a perder dinero (que también).
Es miedo a no entender.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) parece escrito para que nadie lo entienda. Frases interminables. Palabras en latín. Referencias cruzadas que te marean.
Parece que está hecho a propósito para que necesites un traductor.
Y ahí es donde entramos nosotros.
Hemos decidido hacer algo distinto para un despacho de abogados tradicional.
Vamos a traducir la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Entera.
Sí, has leído bien.
Vamos a coger la norma que regula los alquileres de viviendas y locales en España, la vigente, la que te afecta a ti si tienes un piso en Las Palmas o si vives de alquiler en Madrid, y la vamos a despiezar.
¿Por qué hacemos esto?
Porque la información es poder.
Pero la información que no se entiende, es ruido.
Queremos que cuando firmes un contrato, sepas lo que firmas. Queremos que si eres estudiante de Derecho, entiendas el “por qué” de la norma y no solo te la aprendas de memoria como un papagayo.
Queremos que propietarios e inquilinos dejen de verse como enemigos y empiecen a verse como personas que han firmado un acuerdo con reglas claras.
¿Cómo lo vamos a hacer?
No vamos a soltarte un tocho de 50 páginas. Eso aburre hasta a las ovejas.
Lo vamos a hacer por entregas. Como una serie de Netflix, pero sobre leyes.
Cada semana (o cada pocas semanas, según nos deje el trabajo del despacho), publicaremos un artículo aquí.
Empezaremos por el Preámbulo. Sí, esa parte que todo el mundo se salta. Te sorprendería saber que ahí se explica el “espíritu” de la ley y entenderás qué pasaba por la cabeza del legislador al escribirla.
Pero después, olvídate de leer la ley artículo por artículo, del 1 al final, como si fuera la guía telefónica. Eso no sirve para nada.
Lo que haremos será atacar por temas.
Agruparemos los artículos y las disposiciones según los problemas que te quitan el sueño: la duración del contrato, quién paga las reparaciones, cómo recuperar la fianza o qué hacer si no te pagan. Vamos a desmenuzar la ley por materias, cazando las respuestas y las trampas legales allá donde estén escondidas, para que encuentres justo lo que necesitas sin tener que leerte el resto.
En cada post, te dejaremos el enlace a la Ley oficial. Para que compruebes que no nos inventamos nada.
Y luego, mi padre y yo te lo explicaremos en “cristiano”.
Con ejemplos reales. Con los problemas que vemos en Canarias cada día. Con un lenguaje directo.
Esto es para ti si…
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Eres propietario y te da pánico que te destrocen el piso o que no te paguen.
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Eres inquilino y sientes que tu casero se aprovecha porque no conoces tus derechos.
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Eres estudiante y estás harto de manuales infumables.
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O simplemente eres curioso y te gusta saber cómo funcionan las reglas del juego.
Arrancamos en breve
La próxima vez que nos leas, empezaremos a destripar el Preámbulo de la Ley.
Vamos a ver de dónde venimos para saber a dónde vamos.
Si quieres asegurarte de no perderte ningún capítulo de esta “traducción”, o si tienes un lío ahora mismo y no puedes esperar a que lleguemos a ese artículo…
Escríbenos. Cuéntanos tu caso. Prometemos no contestarte en latín.
Nuestro e-mail es info@roda-abogados.com

